Esto es lo que dice la ley si un vecino hace una obra que afecta la luz que recibes
Sin lugar a duda, la vida conjunta con los vecinos no es tan tranquila como parece. Por ejemplo, ¿qué ocurre si la obra de tu vecino afecta seriamente la luz natural que recibes? Te lo contamos.
Los desafíos en la convivencia vecinal son una realidad constante. Las decisiones que tomamos respecto a nuestras viviendas pueden impactar directamente en nuestros vecinos, generando conflictos potenciales. Por ejemplo, ¿es aceptable llevar a cabo una obra que afecte la cantidad de luz que llega a la propiedad del vecino? Aquí despejamos algunas dudas al respecto.
Muchas personas consideran levantar un muro entre sus casas y las de sus vecinos para aumentar la privacidad, elevar uno ya existente o simplemente mejorar su jardín con la plantación de árboles o la instalación de una pérgola. A primera vista, esto podría no representar un problema, siempre y cuando se tomen las precauciones adecuadas y se notifique tanto a la comunidad de propietarios como al vecino. Sin embargo, si dicha obra afecta la iluminación natural que recibe el vecino en su hogar, la situación se complica.
El derecho a la luz y las vistas son considerados derechos reales que protegen aspectos relacionados con la luz natural y las vistas en las propiedades. El derecho a la luz garantiza que esta pueda ingresar a una propiedad a través de ventanas, tragaluces u otras aperturas, impidiendo que propiedades vecinas bloqueen su paso. Por otro lado, el derecho a las vistas asegura que una propiedad pueda disfrutar de vistas sin obstrucciones hacia direcciones o paisajes específicos, evitando que los propietarios vecinos bloqueen estas vistas con la construcción de estructuras o la plantación de árboles y otros obstáculos.
¿Es posible llevar a cabo una obra que afecte la cantidad de luz que recibe el vecino? El artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que "el propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad. En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiera la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador".
Por lo tanto, en principio, la disminución de luz podría considerarse como un derecho que se estaría vulnerando si se realiza una obra que afecte este aspecto. Si el vecino afectado así lo desea, podría reclamar.
¿Y qué sucede en estos casos? El artículo 1.902 del Código Civil establece que aquel que, por acción u omisión, cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado. El vecino afectado podría considerar que tener menos iluminación en su vivienda constituye un daño, una molestia o una intrusión que no está obligado a soportar, y podría iniciar acciones legales, incluso exigiendo una indemnización por daños y perjuicios.
Por consiguiente, si la situación afecta la iluminación, sería posible solicitar una compensación por este motivo. Incluso podría exigirse la demolición de aquello que está obstaculizando la luz al vecino en cuestión, aunque esto dependerá del caso.
¿Y si un árbol es el responsable de bloquear la luz? En este caso, la solución es más sencilla. Se debería solicitar al vecino en cuestión que corte las ramas que están afectando la iluminación, o en algunos casos, el árbol mismo. No obstante, es fundamental comunicarlo debidamente; no se pueden cortar las ramas que causan perjuicio por cuenta propia, incluso si estas se encuentran dentro de la propiedad del vecino.