Esto es lo que dice la ley si quieres talar las ramas del árbol del vecino que invade tu jardín
Lee, lee, porque puede que te hayas visto alguna vez en esta tesitura.
Si vives en una casa con jardín es más que probable que lo que describimos a continuación te haya pasado. Tienes tu zona perfecta, pero desde la de tu vecino te invaden unas incómodas ramas de sus árboles que te ves tentado de cortar. ¿Puedes hacerlo? Esta es una de las preguntas más repetidas que se hacen en las comunidades.
Y la respuesta no puede ser más clara: no y no. No lo decimos nosotros, lo marca el artículo 591 del Código Civil español: "no se podrá plantar árboles cerca de una heredad (en este caso, vivienda) ajena, salvo a la distancia autorizada por las ordenanzas o la costumbre del lugar, y, en su defecto, a la de dos metros de la línea divisoria de las heredades si la plantación se hace de árboles altos, y a la de 50 centímetros si la plantación es de arbustos o árboles bajos". Y hay más, ya que en ese mismo artículo se determina que todos los propietarios "tienen derecho a pedir que se arranquen los árboles que se planten a menor distancia de su vivienda de lo que marquen las ordenanzas".
Obviamente esto lleva a la siguiente pregunta: entonces, si las ramas de mi vecino están invadiendo mi propiedad y él no quiere cortarlas, ¿tengo que aguantarme? Pues la respuesta esta vez está en el artículo 592 del Código Civil: "Si las ramas de algunos árboles se extienden sobre una heredad, jardines o patios vecinos, tendrá el dueño de éstos derecho a reclamar que se corten en cuanto se extiendan sobre su propiedad, y si fueren las raíces de los árboles vecinos las que se estén en suelo de otro, el dueño del suelo en que se introduzcan podrá cortarlas por sí mismo dentro de su heredad".
Es decir, el propietario de un árbol es responsable de las ramas que se extienden sobre la propiedad de un vecino. Sin embargo, el vecino puede exigir que se corten las ramas entran en su propiedad, pero no puede talar el árbol ni dañarlo de ninguna manera. Ante una situación así, la clave evidentemente es la de apelar al sentido común y hablar con tu vecino. Pero si por lo que fuera no hay acuerdo, acudir a los tribunales apelando a los artículos citados será la solución final.