Esta es la cláusula por la que una empresa puede despedirte por el consumo de cannabis

Esta es la cláusula por la que una empresa puede despedirte por el consumo de cannabis

Es el caso de un trabajador de Renfe en Vilagarcía de Arousa que, tras recurrir, la justicia dio la razón a la compañía ferroviaria.

Un cigarro de cannabis.Getty Images/Photononstop RF

Renfe ha despedido a un operador comercial que trabajaba en la estación de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra) por dar positivo en una prueba de detección de drogas, tal y como informa El Faro de Vigo. El trabajador, que había consumido cannabis, acudió a la justicia para tratar de ser readmitido, pero su recurso no tuvo mucho éxito.

Tanto el Juzgado de lo Social número 4 de Vigo como el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia han desestimado su recurso y han dado la razón a Renfe. "No es entendible, y sí plenamente rechazable, que sus trabajadores consuman drogas, ya no solo por su propia seguridad, la de sus compañeros y consumidores, sino incluso por la imagen de la propia empresa", puede leerse en la sentencia del TSXG.

La cláusula por la que pueden despedirte si consumes cannabis

Renfe establece en su contrato de trabajo y en el convenio colectivo que sus trabajadores deben superar un reconocimiento médico y unas pruebas psicofísicas. El objetivo es "verificar la aptitud" de los postulantes para el correcto desempeño del puesto de trabajo.

Así pues, la sentencia del TSXG indica que cualquier contrato laboral puede extinguirse "por las causas consignadas válidamente en el contrato de trabajo, salvo que las mismas constituyan abuso de derecho manifiesto por parte del empresario". Y, por este motivo, creen que Renfe ha actuado de forma correcta al basar el despido en esa cláusula.

Los magistrados creen que no existe ningún abuso por parte de la compañía ferroviaria, pues "no ha incurrido en conducta abusiva, fraudulenta, desproporcionada o torticera, fundada en informes inciertos, inexactos, ya que no se aprecia inexactitud, inveracidad, exceso o desproporción". Argumentan también que el positivo detectado "se entiende suficiente para la valoración de la situación del actor como de ineptitud para el desempeño de su puesto de trabajo".