Declaración de la Renta 2023-2024: diferencias entre propietario y arrendatario
Conocer la diferencia puede ser clave para beneficiarse de las deducciones por vivienda.
Arrendadores y arrendatarios, dos conceptos que siempre generan dudas en la Campaña de la Renta. Y es que, conocer cuál es la diferencia entre ambos conceptos y saber a cuál pertenecemos es fundamental poder beneficiarnos de diferentes deducciones en la Renta y mejorar el resultado de nuestra declaración. Pues, hay tanto deducciones para personas que viven de alquiler como para caseros.
Arrendatario o inquilino
En el caso del alquiler, el arrendatario es el inquilino de la vivienda, que se establece ahí mediante un contrato para disfrutar de ella a cambio de una renta.
Casi todas las comunidades autónomas ofrecen a los contribuyentes el disfrute de ciertas deducciones por alquiler, aunque las condiciones son diferentes en cada región. Lo más recomendable es consultar los requisitos y cuantías de la deducción. Para ello, la Agencia Tributaria dispone de un Manual de Renta 2023 en el que se desglosan todas.
Por otro lado, también hay que tener en cuenta que la deducción por alquiler a la que tienen derecho los inquilinos depende de la fecha en la que se haya firmado ese contrato. Estas cantidades se deben consignar en las casillas 562 y 563 de la declaración de la Renta (parte estatal y parte autonómica, respectivamente) ya que se les aplica un régimen transitorio.
Arrendador o propietario
En el caso del alquiler, el propietario es la persona a la que le pertenece el inmueble y que lo cede a cambio de una renta. Aquí, el propietario debe reflejar en la Declaración el monto exacto que gana de la renta.
Los arrendadores también tienen derecho a ciertas deducciones autonómicas en la Renta, aunque no en todas las comunidades autónomas. Por eso, tendrán que consultar sí existen en la comunidad que supuso su residencia fiscal en 2023.