Por favor, habilita JavaScript para ver los comentarios de Disqus.
Cuatro años de cárcel para un hombre por agredir sexualmente a una niña a la que retuvo en su furgoneta

Cuatro años de cárcel para un hombre por agredir sexualmente a una niña a la que retuvo en su furgoneta

La menor, de 10 años, logró escapar al golpear al agresor con un paraguas que encontró en el vehículo.

Un furgón de la Policía Nacional llega a la Audiencia Provincial de BalearesIsaac Buj

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una condena de cuatro años de prisión a un hombre condenado por agredir sexualmente en octubre de 2018 a una niña de 10 años en Sevilla, a la que retuvo en su furgoneta.

El alto tribunal andaluz, con sede en Granada, ha desestimado de esta forma el recurso de apelación interpuesto por el procesado y ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Sevilla que lo condenó en febrero de 2024.

El tribunal sevillano consideró probado que, entre las 17:30 y las 18:30 horas del pasado 20 de octubre de 2018, el acusado abordó "con ánimo libidinoso" y por la espalda a una menor de 10 años.

Le tapó la boca y la introdujo, en contra de su voluntad, en una furgoneta donde condujo a la niña por distintas calles de Sevilla, entre ellas por la barriada de Las Tres Mil Viviendas.

Le dijo además que le daría tres euros si lo masturbaba, a lo que la menor se negó. Entonces, se desabrochó el pantalón y le mostró sus genitales, al tiempo que intentó acercarle la mano.

En un momento determinado, estando el vehículo detenido en un semáforo, la menor cogió un paraguas que llevaba y golpeó al acusado, con lo que logró salir de la furgoneta y huir.

A raíz de estos hechos, un juzgado de Sevilla prohibió al acusado aproximarse al domicilio, colegio y lugares frecuentados por la menor, aunque este acudió en varias ocasiones a un establecimiento de pinturas cercano.

El procesado fue condenado por delitos de detención ilegal en concurso medial con otro de agresión sexual y otro continuado de quebrantamiento de medida cautelar.

Además de los cuatro años de prisión, fue castigado con inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades que conllevaran contacto regular y directo con personas menores de edad por un tiempo superior en cinco años a la pena privativa de libertad impuesta.

También tiene prohibido aproximarse a menos de 500 metros de distancia a la menor y comunicarse durante seis años, y se le ha impuesto la medida de libertad vigilada, una vez extinguida la pena privativa de libertad, durante cinco años, además de una multa.