Cambian el régimen de visitas a un padre por llevar a su hija en patinete sin medidas de protección
El tribunal ha tomado la decisión después de comprobar que muchas actividades del progenitor ponían en peligro la seguridad de las menores.
La Audiencia Provincial de Alicante ha modificado el régimen de visitas de un padre después de que se pudiese demostrar que sus acciones, como cruzar la calle por lugares no autorizados o llevar a una de sus hijas en patinete sin medidas de protección, suponían un riesgo para las menores.
El tribunal, explica el blog de Confilegal, ha basado su decisión en las pruebas aportadas por un detective privado, contratado para este caso y que constató algunas conductas peligrosas del progenitor. Entre estas acciones se incluyen conducir un vehículo sin tener el carnet o dar paseos con las niñas sin la supervisión adecuada. Según el informe que se entregó en el juzgado, el detective recogió evidencias claras de que el comportamiento del padre comprometía la seguridad e integridad de las menores.
La madre de las menores solicitó al Juzgado de Primera Instancia nº3 de Novelda que las visitas con el padre se realizaran en el Punto de Encuentro Familiar de Elda. La petición, respaldada por el tribunal, está fundamenteda en el artículo 158 del Código Civil, que permite adoptar medidas urgentes y excepcionales para evitar que los menores sufran perjuicios o se encuentren en situaciones de peligro. "El progenitor demandado, con tales actitudes, pone en riesgo la seguridad e integridad de las menores, incumpliendo sus deberes de protección", señalaron los magistrados en su resolución.
El padre, por su parte, negó haber cometido todas las conductas peligrosas atribuidas y presentó un recurso ante la Audiencia Provincial, que los magistrados desestimaron. En su decisión, el tribunal consideró que las pruebas eran suficientes como para mantener la modificación del régimen de visitas, tal y como había solicitado la madre.