Adiós a estas sillas para niños en coches: entra en vigor el cambio que Europa impone a España
A partir del 1 de septiembre solo se comercializarán los sistemas de retención infantil que se encuentren bajo la normativa 'i-Size'.
Las primeras sillas infantiles aparecieron en los años 60, con el objetivo de mantener quietos a los más pequeños y no tan enfocado hacia su seguridad. No sería hasta 1982 cuando surgiría la primera normativa europea, ECE R44, que impondría los primeros requisitos de seguridad, clasificándolas según el peso de los menores.
Actualmente, a nivel europeo existen dos normativas para la fabricación de estos sistemas de retención infantil, la norma ECE R44 (la más antigua), la cual utiliza el peso del niño para catalogar las diferentes sillas, y la ECE R129 (o 'i-Size') que se fija en la altura del menor para categorizar las sillas.
Sin embargo, la DGT ha anunciado la prohibición de la venta de SRI fabricados bajo la normativa R44, a partir del 1 de septiembre, por lo que solo será legal vender sillitas R129.
¿Cómo podemos conocer con qué normativa ha sido homologado un SRI?
Para poder saber bajo qué normativa ha sido homologado un SRI, tan solo será necesario echar un vistazo a la etiqueta naranja que lleva adosada. En el caso de que ya se cuente con una silla homologada bajo la normativa ECE R44/04, se podrá seguir utilizando después del 1 de septiembre de 2024, ya que se considera segura y es legal.
Por el contrario, las sillas R44/04 no volverán a comercializare a partir de esa fecha, pudiendo adquirir únicamente sillas homologadas bajo la norma i-Size. En el caso de que se necesite comprar una nueva silla, se recomienda que sea bajo esta nueva normativa.
¿Qué cambios implica esta nueva normativa?
Esta nueva normativa implicará diferentes cambios, entre ellos:
- Clasificación por altura: En vez de por peso, la normativa i-Size catalogará las sillas en función de la altura del niño.
- Pruebas de colisión más estrictas: Las sillas que sean homologadas bajo la nueva normativa deberán realizar pruebas de impacto más estrictas para garantizar una mayor seguridad del menor.
- Extensión del uso de SRI: Se amplía la obligatoriedad del uso de este tipo de sistemas hasta que el niño alcance el metro y medio de altura, da igual la edad.
- Posición a contramarcha: En el caso de los niños de hasta los 15 meses de edad, la nueva normativa obliga a que viajen en sillas colocadas a contramarcha, ya que esta posición limita el riesgo de lesiones graves en la cabeza y cuello en el caso de una colisión frontal.
Cabe destacar que a pesar de este cambio, se establece que al menos durante los próximos ocho años, los menores podrán sentarse en los R44 si disponían ya de ellos, por lo que no será necesario adquirir una nueva silla.