Sánchez no puede convocar elecciones generales aunque dimita el próximo lunes
Un presidente sólo puede llevar al país a nuevas generales cuando haya transcurrido al menos un año de la última disolución de las Cortes
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha decidido cancelar unos días su agenda pública para reflexionar si renuncia o no a la jefatura del Ejecutivo tras la denuncia contra su esposa, Begoña Gómez, y comunicará su decisión en una comparecencia pública el próximo lunes, 29 de abril.
Sánchez ha comunicado esta decisión en una carta a la ciudadanía que ha hecho pública a través de la red social X después de que un juzgado de Madrid haya abierto diligencias de investigación contra Gómez por la supuesta comisión de delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios tras la denuncia de Manos Limpias.
El jefe del Ejecutivo lamenta el ataque "sin precedentes" contra su esposa y se pregunta si merece la pena seguir soportando esta situación. Una pregunta a la que se responde asegurando que no lo sabe y, por ello, señala que necesita "parar y reflexionar" con su esposa.
"Me urge responderme a la pregunta de si merece la pena, pese al fango en el que la derecha y la ultraderecha pretenden convertir la política. Si debo continuar al frente del Gobierno o renunciar a este alto honor", añade Sánchez.
Aunque Sánchez tomara la decisión de renunciar a la presidencia del Gobierno, el líder socialista no podría convocar todavía elecciones generales. La Constitución establece en su artículo 115 que no se puede proceder a una disolución de las Cortes "antes de que transcurra un año desde la anterior".
La razón teórica de esta limitación es evitar un abuso de la facultad disolutoria que compete al Presidente del Gobierno. Se quiere impedir que el Ejecutivo pueda eludir su control y supervisión por las Cámaras recurriendo a algo tan sencillo como hacerlas desaparecer mediante el expediente de la disolución.
De esta manera, Sánchez no puede convocar elecciones generales hasta el 29 de mayo de este año, justo cuando se cumplirán 365 días de la convocatoria de generales del año pasado y que dieron paso a la celebración del 23-J.
¿Qué pasa si dimite un presidente?
En caso de dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno, todo el Gobierno cesa, pero se mantiene en funciones hasta la toma de posesión de un nuevo Gobierno, como establece el artículo 101 de la Constitución española. Según lo dispuesto por la Ley del Gobierno, las funciones del presidente son asumidas por los vicepresidentes o, en su defecto, por los ministros. En tal caso, se inicia el procedimiento para la investidura de un nuevo presidente del Gobierno.
Solamente en una ocasión se ha producido la dimisión del presidente del Gobierno en la España democrática actual: en 1981 Adolfo Suárez, el primer presidente de la democracia, dimitió y Leopoldo Calvo-Sotelo fue investido.
Si el candidato propuesto no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.