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Rodrigo Rato, condenado a cuatro años de cárcel y a una multa de más de 2 millones

Rodrigo Rato, condenado a cuatro años de cárcel y a una multa de más de 2 millones

Por tres delitos fiscales, un delito de blanqueo de capitales y corrupción entre particulares

El exvicepresidente del Gobierno, Rodrigo Rato.EFE/ Zipi

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato a cuatro años, nueve meses y un día de cárcel por tres delitos fiscales, un delito de blanqueo de capitales y corrupción entre particulares, así como una multa de más de 2 millones de euros, y el pago de 568.413 euros a Hacienda.

El fallo, según fuentes jurídicas, queda muy lejos de la petición de la Fiscalía Anticorrupción, que atribuía a Rato once delitos fiscales, blanqueo de capitales y corrupción en los negocios, y pedía para él 63 años de cárcel y 42,4 millones de euros de multa, además de una indemnización de 7,75 millones para la Agencia Tributaria.

Respecto de los delitos fiscales, la Sala absuelve a Rato de los relativos a los ejercicios 2005, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2015, pero le condena por lo relativo a dónde estaba su residencia fiscal durante su mandato como director gerente del FMI, ya que la Audiencia considera que seguía manteniéndola en España -pese a que la sede del organismo está en Washington-, donde estaba obligado a presentar sus declaraciones fiscales.

En la sentencia, de 1.232 folios y que todavía no se ha hecho pública, el tribunal, presidido por la magistrada Angela Acevedo, señala también las "dilaciones indebidas" por el tiempo que ha durado el proceso, iniciado en 2015.

En una nota, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) indica que el abogado Domingo Plazas, que fuera administrador de Kradonara, epicentro de la trama societaria de Rato, ha sido condenado por cooperación en los delitos fiscales a penas que suman 18 meses de cárcel y multa de algo más de 155.000 euros.

Plazas debe responder solidariamente con Rato del pago a Hacienda, por la responsabilidad civil derivada de dichos delitos.

Kradonara era la sociedad a través de la cual Rato enviaba a España el dinero que tenía en el exterior, y con la que firmó un contrato con Telefónica por un asesoramiento, como si fuera dicha sociedad la que prestaba el servicio, cuando realmente lo hacía el propio Rato, que es quien tenía que haber tributado por estos trabajos.

También ha sido condenado el que fuera considerado testaferro de Rato, Alberto Portuondo, por el delito de corrupción entre particulares, al imponer ambos la elección de Publicis y Zenith para que fueran contratadas por Bankia, y poder cobrar así una comisión por el proceso de selección.

La pena para Portuondo es de tres meses y un día de cárcel, y una multa de la mitad de la comisión recibida, que ascendía a 2.022.154,52 euros, acordando, además, el comiso de dicha cantidad.

El Tribunal absuelve, sin embargo, al resto de los acusados por este delito, tanto a los empleados de Publicis y Zenith y a estas sociedades, como la exsecretaria de Rato, Teresa Arellano, o el que fuera su número dos en Bankia, José Manuel Fernández Norniella, al entender que los mismos no participaron en el acto corrupto.

Asimismo, ha sido absuelto el excuñado de Rato, Santiago Alarcó, del delito de blanqueo de capitales que se le atribuía; y el exdirectivo de Telefónica Ramiro Sánchez de Lerín, así como otro colaborador del exvicepresidente, Miguel Ángel Montero, al que la Sala tampoco considera como cooperador en el delito de corrupción entre particulares.

Fuentes jurídicas han indicado a EFE que no hay plazo establecido para que la Fiscalía o la Abogacía del Estado pidan el ingreso en prisión de Rato; la sentencia, que aún no es firme, puede ser recurrida ante el Supremo.

Rato califica su condena de "injusta"

El exvicepresidente del Gobierno ha calificado la sentencia de "injusta y falta de base jurídica", y ha anunciado que lo recurrirá. En un comunicado, Rato señala que defenderá sus derechos con el correspondiente recurso, además de rechazar los argumentos de la Audiencia Provincial de Madrid.

De los once delitos fiscales que le atribuía la Fiscalía Anticorrupción, la Audiencia Provincial le ha condenado sólo por tres, uno de ellos relativo a su domicilio fiscal en 2006, cuando estaba al frente del Fondo Monetario Internacional (FMI), cuya sede se encuentra en Washington.

Al respecto, asegura que ese ejercicio, que ya estaba prescrito en abril de 2015, cuando se inició el proceso, "que no lo incluía", y más aún "cuando se presentó el escrito de acusación, en 2021".

La Audiencia Provincial de Madrid le condena por facturar en 2013 trabajos realizados a través de una sociedad profesional, labores que Rato indica que "han quedado plenamente atestiguados".

"Con cierta regularidad conocemos casos de personas profesionales, de todo tipo, que facturan sus servicios a través de sociedades y que nunca son acusados por la vía penal", se lamenta y cree que ello convierte a su caso en "singular".

Además, Rato defiende que el delito de blanqueo de capitales de 2006 está ya prescrito, además de que "si el delito fiscal está prescrito, no puede haber blanqueo".

Por lo que respecta al delito de corrupción entre particulares, Rato se muestra sorprendido por el hecho de que se le condene a él, pero "se absuelva a las empresas adjudicatarias de los contratos de publicidad de Bankia"