Las personas no binarias y la tercera casilla en documentos oficiales quedan fuera de la ley trans
El 60% de las personas no binarias considera que dos de las principales batallas del colectivo en España son "reconsiderar los modelos de registro del sexo"
La aprobación definitiva este jueves de la ley trans, que permite el cambio de sexo en el registro sin necesidad de informes médicos ni tratamientos, deja fuera a las personas no binarias, que no sienten ni hombres ni mujeres y que reclamaban una tercera casilla en los documentos oficiales.
Aunque el Ministerio de Igualdad apostaba por reconocer la realidad no binaria en la ley, este colectivo quedó fuera del proyecto que el Gobierno envió al Congreso tras duras negociaciones. "Hay que pelear para que las personas no binarias entremos dentro de la ley", ha señalado a Efe la presidenta de la Felgtbi+, Uge Sangil, quien resalta que la norma debe "incluir otras identidades o diversidades", como las personas asexuales, que también se han quedado fuera del texto.
Según un informe reciente del Ministerio de Igualdad, el 60% de las personas no binarias considera que dos de las principales batallas del colectivo en España son "reconsiderar los modelos de registro del sexo" y abordar su reconocimiento.
Algunas de las enmiendas presentadas por los grupos del Congreso en la tramitación parlamentaria de la norma respondían a estos deseos, como la de Unidas Podemos y otras formaciones (ERC, Más País, Bildu, Junts, BNG, PDeCAT, PNV, Compromís y Coalición Canaria), que solicitaban que se les permitiera a las personas no binarias omitir la mención relativa al sexo en sus documentos oficiales.
Finalmente esta propuesta no ha salido adelante, como tampoco otras que abogaban por introducir el término de persona no binaria dentro de la definición de persona trans. De hecho, la norma no incluye ninguna referencia a las personas no binarias, algo que critican desde la Federación Estatal LGTBI+.
Las claves de la ley trans
La ley trans, que reconoce la voluntad de la persona como único requisito para cambiar de sexo en el registro a partir de los 16 años, vuelve este jueves al Congreso, donde será aprobada definitivamente tras discrepancias entre los socios de gobierno y después de superar importantes escollos, como la oposición de parte del movimiento feminista.
Si no hay sorpresas, la ley verá hoy la luz definitivamente, con los siguientes ejes:
AUTODETERMINACIÓN DE GÉNERO PARA MAYORES DE 16. Para cambiar de sexo en el registro a partir de los 16 años no será obligatorio presentar informes médicos o psicológicos que acrediten disforia de género, ni tampoco estar en un proceso de hormonación o haberse sometido a operaciones para modificar la apariencia.
Los menores de entre 16 y 14 años podrán cambiar su sexo en el registro siempre que acudan acompañados de sus padres o tutores legales, mientras que entre los 12 y 14 años necesitarán autorización judicial.
Este aspecto ha provocado un enfrentamiento entre los socios de gobierno. De hecho, el PSOE presentó una enmienda que proponía que los menores de 16 contaran con una autorización judicial para cambiar de sexo en el registro, aunque finalmente fue rechazada.
SE PROHÍBEN LAS TERAPIAS DE CONVERSIÓN destinadas a modificar la orientación o la identidad sexual o la expresión de género, con independencia del consentimiento que pudieran haber prestado las mismas o sus representantes legales.
MATERNIDAD Y FILIACIÓN. Las lesbianas, bisexuales y las personas trans con capacidad de gestar tendrán garantizado el acceso a técnicas de reproducción asistida. Las parejas de mujeres lesbianas y bisexuales podrán inscribir a sus hijos como propios sin necesidad de estar casadas.
PERSONAS INTERSEXUALES. Se prohíbe la modificación genital de menores de 12 años intersexuales, nacidos con variaciones de las características sexuales, salvo en los casos en que las indicaciones médicas lo exijan.
La modificación genital en personas intersex de entre 12 y 16 años sólo se permitirá si lo solicita el menor y si se considera que está capacitado para tomar dicha decisión por su edad y madurez.
MEDIDAS EN EL ÁMBITO EDUCATIVO Y SANITARIO. El conocimiento y respeto a la diversidad sexual, familiar y de género se incluirá en el currículo educativo de todas las etapas, así como la formación del profesorado en esta materia.
Se promocionarán programas de educación sexual y reproductiva y de prevención de enfermedades de transmisión sexual. Habrá medidas de acción positiva para el colectivo LGTBI en el ámbito laboral, educativo y sanitario.
El abastecimiento de los medicamentos más comúnmente empleados en los tratamientos hormonales para personas trans estará garantizado.
INFRACCIONES POR DISCRIMINACIÓN. Creación de un régimen de infracciones frente a actos de discriminación a personas LGTBI, con sanciones de hasta 150.000 euros para casos muy graves.