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La Generalitat difunde imágenes de las cámaras del Cecopi para demostrar que Mazón llegó a las 20.28h.
Política

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La Generalitat difunde imágenes de las cámaras del Cecopi para demostrar que Mazón llegó a las 20.28h.

La jueza de la DANA encarga a la Guardia Civil una cronología del 29 de octubre y pregunta al Centro de Emergencias si hubo "recesos" durante la reunión.

Imagen de la cámara de seguridad del CecopiEFE

Un informe firmado por el coordinador de Prevención y Emergencias de la Generalitat valenciana basado en imágenes de las cámaras del sistema de seguridad del Centro de Coordinación de Emergencias (Cecopi), muestra la llegada del presidente autonómico, Carlos Mazón, a esas instalaciones a las 20:28 horas del día de la dana.

El propio Mazón aseguró este miércoles que el día de la dana que dejó 224 muertos y tres desaparecidos en la provincia de Valencia llegó al Cecopi a las 20:28 horas, 17 minutos después de que se mandara la alerta a la población por las inundaciones.

El informe, facilitado a EFE por la Generalitat, incluye pantallazos de la cámara de seguridad del edificio del Centro de Emergencias (en L'Eliana.

Especifica que este centro "dispone, dentro de las medidas de seguridad existentes, de un sistema de videovigilancia (CCTV) con diversas cámaras fijas y móviles, tanto en el exterior como en el interior de sus dependencias" y que consta de dos videograbadores donde se almacenan las imágenes en tiempo real, las 24 horas los 365 días.

También explica que la sincronización de la hora de los grabadores no es automática, sino que se hace de forma manual por el personal técnico responsable. La última sincronización se realizó con motivo del cambio de hora oficial en España en la madrugada del 26 al 27 de octubre de 2024, pocos días antes de la dana.

Destaca el informe que del visionado de las imágenes tomadas por distintas cámaras del sistema de videovigilancia del CCE Generalitat, el día 29 de octubre de 2024, se constata que Mazón llegó a las 20:28 horas.

El mismo informe, fechado el pasado día 18, recoge el acceso de otras autoridades a partir del visionado de las cámaras.

En concreto, a las 15:53 horas llegó al Cecopi el director general de Emergencias y Extinción de Incendios, Alberto Javier Martín Moratilla; a las 16:56 la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y a las 17:45 horas el presidente de la Diputación de Valencia, Vicente José Mompó.

La jueza pide una cronología del 29 de octubre

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja (Valencia), que investiga las muertes y lesiones causadas por la dana, ha encargado por su parte a la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil la elaboración de un informe que detalle la cronología de los hechos sucedidos el pasado 29 de octubre.

Entre las diligencias de investigación acordadas por la juez en un auto notificado este jueves a las partes, destaca el requerimiento a la Conselleria de Interior y Emergencias para que le informe, en el plazo de tres días, si durante la reunión que se mantuvo en el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) el 29 de octubre de 2024 “se produjo algún receso”.

Además, la instructora ha pedido a la Universitat de València, que acordó “acertadamente” suspender las clases el día de la dana, que le informe de qué órgano concreto tomó esa decisión, en que información se sustentó y si en ella participó “algún técnico”.

Ese informe con la cronología del 29 de octubre encargado a la Guardia Civil, señala la jueza, deberá ceñirse al análisis del desbordamiento de los ríos, barrancos y embalses en relación con los fallecimientos y lesionados registrados.

La confección de ese documento había sido solicitada por la Fiscalía en un escrito fechado el pasado 21 de febrero en el que se pedía que el atestado policial fuera más amplio e incluyera otros extremos que han sido denegados por la instructora.

Así, la titular del Juzgado entiende que ya avanzada la investigación y acordado un importante número de diligencias, es decir judicializada ya la causa, “el análisis de la evitabilidad de los fallecimientos y la posible comisión de delitos (‘ilícitos penales’) no puede trasladarse a un informe policial”.

Igualmente, en esta fase de instrucción, que se centra en las medidas “que hubieran evitado los fallecimientos” (…), “la necesaria toma de declaraciones por los partícipes en sede policial chocaría con la propia investigación judicial”.

“Ha de recordarse que en un atestado de tales características sería preciso la toma de declaración de testigos, y que diversas acusaciones particulares y populares han solicitado la declaración de los querellados”, precisa, por lo que “la declaración de los eventuales investigados no puede efectuarse policialmente”.

En la resolución, la magistrada destaca la utilidad de las “piezas periodísticas” y grabaciones audiovisuales efectuadas por los medios de comunicación que estos han aportado al juzgado tras serles requeridas, y que “permiten hacerse una idea de cómo evolucionó la situación el 29 de octubre en toda la provincia de Valencia”.