Esto es lo que dice la ley sobre desalojar a okupas con hijos

Esto es lo que dice la ley sobre desalojar a okupas con hijos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo reforzó el pasado año su doctrina sobre este tipo de situaciones

Okupas en la terraza de un inmueble en BarcelonaSOPA Images

Las cifras de casos de okupaciones en España siguen cayendo en picado. En 2023, se contabilizaron 15.289 infracciones penales relacionadas con la usurpación o el allanamiento de inmuebles. De hecho, en muchas Comunidades Autonómas, el número es prácticamente cero. Pese a ello, sigue siendo una de las preocupaciones de casi el 54% de los españoles, según una reciente encuesta publicada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

En nuestro país, es necesario tener una sentencia que permita desalojarlos, y puede pasar mucho tiempo hasta que el propietario la obtenga. Concretamente, el plazo medio de espera en España es dos años si sumamos el periodo medio de los procedimientos de los Juzgados de Primera Instancia y los de las Audiencias Provinciales, en caso de recurso.

Según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), recogidos por Idealista, el periodo medio de los procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas en los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción de lo Civil fue de 12 meses en 2023, frente a los 10,6 meses de 2022.

Pero, ¿qué pasa si los okupas son familias con hijos? La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo reforzó el pasado año su doctrina sobre las comprobaciones que deben realizar los jueces antes de autorizar la entrada en una vivienda okupada de cara a su desalojo cuando en ella viven personas vulnerables, como pueden ser menores.

En una sentencia, el TS señala que no es posible otorgar dicho permiso sin que el órgano judicial verifique antes la "suficiencia y proporcionalidad" de las medidas adoptadas por la Administración para la protección de los intereses de los menores u otras personas en situación de vulnerabilidad.

Es decir, la ley establece que los niños deben ser protegidos por encima de todo  y corresponde a las administraciones públicas encargarse del cuidado y la protección de los niños durante el proceso de desalojo y garantizar su bienestar para evitar que sufran daños.

Lo habitual es que una vez se analice el caso,  corresponde a la Seguridad Social ofrecer al ocupante la ayuda oportuna para salvaguardar la seguridad del pequeño. El plazo suele ser de un mes para ofrecer al ocupante la ayuda oportuna para salvaguardar la seguridad del pequeño, aunque si la propiedad es de un banco se amplía hasta los tres meses el plazo para hacer efectiva la correspondiente ayuda a okupas con hijos.

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En situaciones como estas, la duración promedio para lograr la conclusión de un desalojo suele rondar aproximadamente un año. Este período abarca desde el inicio de las gestiones legales hasta la ejecución efectiva del desalojo, abordando los diversos procedimientos legales, las intervenciones de servicios sociales, y los posibles recursos y procesos judiciales que puedan surgir durante este complejo proceso.