Eroski indemnizará a Cifuentes con 30.000 euros por el vídeo de las cremas que la hizo dimitir
La Audiencia Provincial de Madrid estima el recurso de la expresidenta regional y condena a la empresa por no custodiar bien las imágenes grabadas en su local.
Cristina Cifuentes gana. La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Cecosa Hipermercados (esto es, al Grupo Eroski) a indemnizar a a la expresidenta de la Comunidad de Madrid con 30.000 euros por vulnerar su derecho a la intimidad y la protección de datos. Así se cierra el caso de las cremas, que acabó con la mandataria popular marchándose del cargo y generando una enorme tormenta política, la gota que colmaba el vaso tras escándalos varios. Una de las caídas en desgracia más sonadas de los últimos años.
En el auto, adelantado por El Confidencial, se señala que el supermercado incumplió la legalidad al "no custodiar de forma adecuada" las imágenes. En el vídeo, aparecía Cifuentes introduciendo en su bolso productos cosméticos en el supermercado. Los magistrados señalan que tendrían que haberse destruido esas imágenes a los 30 días de su grabación, al ser responsable el supermercado del sistema de video vigilancia.
Los hechos tuvieron lugar el 4 de mayo de 2011. La entonces presidenta Cifuentes ocultó en su bolso varias cremas sin pagarlas, pero fue pillada in fraganti y por los vigilantes del establecimiento y conducida a unas dependencias del supermercado para "comprobar dicho comportamiento", como cita el texto. Sin embargo, el vídeo se filtró y fue publicado por Okdiario en abril de 2018, lo que aceleró su salida final de la política. No fue sólo eso lo que la hizo marcharse, pues ya estaba en el disparadero con el caso Máster, por el que se investigaba si la conservadora obtuvo su título de Máster en Derecho Autonómico por la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) de forma fraudulenta a través de la presunta comisión de varios delitos. Finalmente, fue absuelta.
Tras la publicación de las imágenes, Cifuentes decidió marcharse, algo que había descartado hasta entonces.
La expresidenta regional interpuso una demanda contra el supermercado por vulnerar su derecho al honor, la intimidad y la propia imagen. Con esta sentencia, se estima el recurso de apelación interpuesto contra el fallo del Juzgado de Primera Instancia n.º 82 de Madrid, que desestimó las pretensiones de la exdirigente y absolvió a Eroski.