'El Confidencial' rectifica a su adjunto al director
multado por tráfico de información privilegiada
El diario digital publica con celeridad otro desmentido de una noticia de Agustín Marco para no llegar a juicio.
Con su aún adjunto al director, Agustín Marco, ‘El Confidencial’ no gana para rectificaciones. Por segunda vez en menos de un año, el diario digital publicó el pasado sábado en su portada una retractación en toda regla de una noticia firmada por Marco, el periodista al que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) multó en enero con 15.000 euros por haber traficado con “información privilegiada”. Pudo ‘El Confidencial’ haberse negado a publicar el desmentido de Iberdrola y acreditar en un hipotético juicio que la información era veraz. Por la razón que fuera, renunció a hacerlo.
El pasado 10 de marzo, ese portal informativo destacó en su portada un escrito de Marco titulado como sigue: “Iberdrola mete prisa a EEUU para su gran 'deal' y Asenjo pide multar a Florentino por mala fe”. Dos noticias en una, aparentemente, que en un tuit difudido por ‘El Confidencial’ se contaba de un modo más sintético: “Iberdrola mete a prisa a EEUU para su gran ‘deal’ y pide multar a Florentino por mala fe.”
Para los lectores menos avezados en los intríngulis de la multinacional eléctrica, aquí van algunas aclaraciones: su “gran ‘deal’” es la compra por 11.000 millones de dólares del hólding energético PNM Resources, paralizada por el regulador de EEUU; “Asenjo” es Antonio Asenjo, el exjefe de Seguridad de Iberdrola, imputado en el ‘caso Villarejo’; y “Florentino” es Florentino Pérez, presidente de la constructora ACS y del Real Madrid, enfrentado con la compañía que preside Ignacio Sánchez Galán por el sumario sobre el excomisario de Policía que instruye la Audiencia Nacional.
El sábado 18 de marzo, ocho días después de que Marco divulgase esta información, ‘El Confidencial’ publicó un rotundo desmentido bajo el titular “Rectificación instada por Iberdrola de la información publicada el viernes 10 de marzo de 2023”. El cuerpo de la noticia reza lo siguiente:
“En ejercicio del derecho de rectificación, y en virtud de ley Orgánica 2/1984, publicamos la versión de Iberdrola del artículo publicado el 10 de marzo. (i) Iberdrola, S.A. es una sociedad española, con domicilio social en Bilbao, y no ha realizado ninguna petición a ningún órgano regulador en EEUU, ni en relación con la denominada operación PNM ni con ninguna otra. (ii) No es cierto que Iberdrola, S.A. haya realizado en el procedimiento seguido ante el Juzgado de Instrucción nº6 de la Audiencia Nacional bajo las Diligencias Previas 96/2017, ninguna petición para que se multe a la representación de Florentino Pérez.”
¿Estaba el diario digital obligado a publicar este desmentido de Iberdrola? La respuesta corta es que no, salvo que el medio sospechara que la información de Marco era falsa o de una inexactitud rayana en la temeridad. La respuesta larga nos la brinda la ley orgánica 2/1984, que regula el derecho de rectificación.
En virtud de esta norma, cualquier persona natural o jurídica aludida por un medio de comunicación puede exigirle que la rectifique si se no corresponde con la realidad y puede dañar su reputación. La petición deberá cursarse en el plazo máximo de siete días y el director del medio “deberá publicar o difundir íntegramente la rectificación, dentro de los tres días siguientes al de su recepción, con relevancia semejante a aquella en que se publicó o difundió la información que se rectifica, sin comentarios ni apostillas”.
Del anterior redactado puede inferirse que para el director de ‘El Confidencial’ publicar esta rectificación era un acto debido, impuesto por la ley, de modo que al hacerlo para nada cuestionaba la veracidad de la información firmada por su adjunto. Nada más lejos de la realidad.
Los artículos 4, 5 y 6 de esta ley establecen el procedimiento a seguir si el director del medio no publica la rectificación requerida. Abreviado, los afectados pueden presentar una demanda para exigir que el medio divulgue su versión, y el caso se acaba dirimiendo en un juicio en el que ambas partes pueden aportar las pruebas que acrediten sus distintas versiones. El juez, en último término, sentencia si debe prevalecer el derecho de rectificación del afectado o el derecho a la información de los ciudadanos. Esto es, si la información que ha motivado el litigio era verdadera o falaz.
Aunque no es infrecuente, la remisión de escritos de rectificación a los medios de comunicación es una práctica relativamente acotada. Las personas o empresas afectadas solo recurren a este instrumento de protección cuando creen poder acreditar en una eventual vista oral la falsedad de la información que impugnan. Y los medios de comunicación solo las publican en primera instancia, tan pronto como las reciben, cuando son conscientes de que han cometido un error y prefieren desdecirse pronto que afrontar más tarde una sentencia que cuestione su rigor.
En el caso de Agustín Marco, en todo caso, llueve su mojado. ‘El Confidencial’ ya tuvo que rectificar el pasado verano otra noticia suya sobre Iberdrola, esta vez a instancias del exdirector de gabinete de Galán, Rafael Orbegozo. A ello que se sumó en enero la multa de la CNMV por haberse aprovechado de la “información privilegiada” recabada como periodista para intentar lucrarse con una compra de acciones, conducta por la que también fue censurado por la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE). El pasado febrero, El Huffington Post desveló también que el todavía adjunto al director de ‘El Confidencial’ fundó en 2006 una empresa dedicada a la asesoría de finanzas de la que es socio y administrador único, actividad que Marco compaginaría, en un aparente conflicto de intereses, con su tarea profesional como periodista, precisamente, de finanzas.