"Pinochet está detenido"
La lección que se ofrecía con la detención de Pinochet, legitimada en el Derecho doméstico e internacional, era que no se iba a consentir la impunidad de los grandes criminales violadores de Derechos Humanos y que, a pesar de que pudieran encontrar cómodo cobijo legal, judicial y/o político en sus respectivos países, serían perseguidos por la acción de la justicia de terceros Estados.
Foto: EFE
¡Pinochet está detenido¡ Hace 17 años, el 16 de octubre de 1998, cuando estas tres palabras resonaban, a modo de trending topic, a pesar de que no existía el Twitter, en todos los rincones del mundo. Aquella orden internacional de detención dictada por el juez español Baltasar Garzón narraba los atroces crímenes imputados a Pinochet desde que éste encabezara el golpe militar contra el gobierno constitucional de Chile, el 11 de septiembre de 1973, consistentes en la ejecución de un plan sistemático de detenciones ilegales, secuestros, torturas seguidas de la muerte, desplazamientos forzosos de personas y desapariciones selectivas. Las cifras eran, y siguen siendo, escalofriantes: 300.000 personas fueron privadas ilegítimamente de libertad, 100.000 fueron expulsadas u obligadas a exiliarse, 5.000 personas muertas o desaparecidas y 50.000 torturadas.
La razón por la que un juzgado español, ajeno al del lugar de comisión de los hechos, decretaba la detención de Pinochet residía en el principio de jurisdicción universal. Este principio permitía entonces, en nuestro país, la persecución de los más graves crímenes internacionales, se cometieran donde se cometieran y con independencia de la nacionalidad de sus autores y de las víctimas cuando, como sucedía en Chile, estos crímenes permanecían en la más intolerable impunidad.
La trascendencia de esta resolución judicial se evidenció en la importante controversia surgida en los ámbitos jurídicos, políticos, sociales o diplomáticos que provocó un extraordinario caudal de tinta, reacciones y presiones de todo tipo. Pero, con independencia de esta polémica, la grandeza de esta orden judicial de detención en el terreno jurídico fue la recuperación práctica de la vigencia del Derecho penal internacional que, desde la consolidación de los principios de Núremberg, obliga a juzgar estos crímenes internacionales de primer grado. Estos principios que permanecían adormecidos desde la guerra fría fueron recuperados por un juez español ante la feliz ocurrencia de la denuncia interpuesta por la Unión Progresista de Fiscales, con Carlos Castresana a su cabeza, por el extraordinario trabajo de un equipo de abogados, capitaneado por Joan Garcés y, especialmente, por la dignidad de las víctimas del comandante que nunca perdieron su esperanza por obtener justicia y por el apoyo asociaciones defensoras de Derechos Humanos.
La lección que se ofrecía con la detención de Pinochet a todo el mundo, legitimada en el Derecho doméstico e internacional, era que no se iba a consentir la impunidad de los grandes criminales violadores de Derechos Humanos y que, a pesar de que pudieran encontrar cómodo cobijo legal, judicial y/o político en sus respectivos países, serían perseguidos por la acción de la justicia de terceros Estados. De esta forma, se demostraba a la la comunidad internacional que la investigación y enjuiciamiento de estos crímenes era posible y que, si los mismos no eran juzgados, como es deseable, en los lugares donde se cometían, serían otros países, no solo en España, los que los que los juzgarían, derrotando la impunidad, al amparo del principio de jurisdicción universal.
Nuestro país, en los últimos diecinueve años, ha sido ejemplo de la defensa de los Derechos Humanos con la aplicación del principio de justicia universal en diferentes casos. Sin embargo, la deplorable política de nuestro Gobierno en esta materia, plegado también a injerencias de otros Estados, ha pretendido el pasado año, con la pertinente modificación legislativa, aniquilar la jurisdicción universal en España. El ejemplo del caso Pinochet y las enseñanzas del mismo deben hacer reflexionar a nuestros futuros gobernantes para recuperar el principio de justicia universal puro, como el mejor instrumento para la restauración de la dignidad de las víctimas de graves violaciones a los Derechos Humanos.