¿Quién debe pagar los impuestos de la Lotería de Navidad si lo repartes?
Los procesos fiscales varían en función de las personas que vayan a beneficiarse del premio.
Todo el mundo sueña con tener que enfrentarse a este 'problema'. Cómo se debe afrontar el pago a la Agencia Tributaria en el caso de que seamos afortunados con algún gran premio de la lotería de Navidad si el décimo recompensado es repartido entre varias personas.
En primer lugar hay que tener en cuenta que los décimos del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad son "documentos al portador", lo cual quiere decir que el único responsable o titular del décimo es la persona que acude a la administración o banco para reclamar el premio.
Tras este punto es muy importante saber que, aunque el premio es el mismo, la forma de fiscalizarlo y cumplir con las obligaciones legales -en forma de retribución a Hacienda-, cambia, ya que las premiadas serán varias personas.
Tributación por separado
En este sentido, desde la Agencia Tributaria se informa de que en este caso, las retenciones se practican por separado, pese a que el montante total se tribute de igual forma. Poniendo un ejemplo práctico, si se ganara 'El Gordo' (400.000 euros), habría que tener en cuenta que los primeros 40.000 euros estarían exentos de impuestos, mientras que los 360.000 habría que tributarlos al 20%.
Poniendo que el décimo estuviera compartido entre cuatro personas, cada uno debería percibir 90.000 euros, pero esa no será la cantidad que reciban, ya que desde Loterías y Apuestas del Estado se realizaría el ingreso restando ese 20% a cada uno de los participantes (18.000 euros), por lo que cada uno recibiría 72.000 euros netos.
Desde la OCU se aconseja que en el momento de presentar el décimo premiado, todos los ganadores acudan a la administración con el objetivo de facilitar el proceso y acreditar de forma clara y transparente quiénes son los agraciados.