Esto es lo que dice la ley sobre ir desnudo por casa

Esto es lo que dice la ley sobre ir desnudo por casa


La libertad individual prima siempre que no haya voluntad de exhibición

Desnudo reclinado junto al mar, Gustave Courbet

Las personas que se sienten más cómodas estando desnudas por su casa lo tienen complicado si alguien los ve. Pero no si les observan sin haberlo buscado. El Código Penal prohíbe en el artículo 185, para precisamente evitar el exhibicionismo público, la exhibición impúdica con intención de perturbar la tranquilidad o incitar la lujuria. Pero no se considera un delito si el que está desnudo no se exhibe impúdicamente por la ventana ante menores de edad o personas con discapacidad con el fin de provocar lascivamente o perturbar la tranquilidad de los demás.

Además, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha emitido varias sentencias sobre la desnudez en el contexto de la libertad de expresión y el derecho a la privacidad individual. Éste dictaminó, en 2007, que la desnudez en sí misma no es una forma de expresión y que los países tienen el derecho de regularla en interés del bien común. 

En cambio, en 2011, el mismo tribunal precisó que la desnudez en espacios públicos puede estar protegida por la libertad de expresión, dependiendo del contexto y la intención de la persona desnuda.

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Por lo tanto, si no se quiere tener problemas y se actúa de buena fe defendiendo los derechos individuales, conviene asegurarse de que se está cumpliendo la ley si se quiere ir desnudo por casa. Nada como unas cortinas para evitar problemas pero, en el caso de duda, si es una costumbre extendida en tu casa y tienes vecinos cerca que puedan verte, conviene que te asesores con un abogado para no tener problemas, incluso porque te estas exponiendo a que te graben si tu consentimiento. Algo que sí es completamente ilegal en nuestro país, de acuerdo con la ley de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.