Estas son las armas letales que puedes tener en España si cumples con sus requisitos
Se exige cumplir con una serie de condiciones legales, psicológicas y técnicas.
En España, la tenencia y uso de armas de fuego están regulados por una de las normativas más estrictas de Europa. Poseer un arma no es un derecho universal, más bien es un privilegio que cuenta con un riguroso control por parte de las autoridades. Además, obtener una licencia de armas implica cumplir con una serie de requisitos legales, psicológicos y técnicos que garantizan la seguridad pública y el uso responsable de estos dispositivos.
Desde pistolas y rifles hasta escopetas, cada tipo de arma requiere una licencia específica, adaptada a su finalidad, ya sea para caza, defensa, deportes de tiro o actividades profesionales. Esta normativa no solo regula quién puede acceder a las armas, sino también cómo deben guardarse y emplearse, reflejando el firme compromiso del país con la prevención de incidentes.
La posesión de armas en España requiere de una autorización administrativa previa. Existen cinco tipos de licencias, cada una adaptada a diferentes usos y tipos de armas. Para adquirir y utilizar legalmente cualquier arma de fuego, es imprescindible obtener la licencia correspondiente, otorgada por las autoridades competentes.
Licencias y las armas permitidas
- Licencia tipo B
Esta licencia permite la posesión de armas de 1ª categoría, es decir las de fuego cortas, como pistolas y revólveres, pero su uso está restringido a situaciones de especial riesgo.
- Licencia tipo C
Diseñada para vigilantes de seguridad, escoltas privadas, vigilantes de explosivos y guardas rurales. Con esta licencia se pueden portar pistolas, revólveres, escopetas y armas largas de ánima lisa, así como armas largas destinadas a funciones de vigilancia.
- Licencia tipo D
Esta licencia es específica para caza mayor y permite la posesión de armas largas rayadas. Sin embargo, deben ser almacenadas en cámaras acorazadas, cajas fuertes o bajo custodia de entidades especializadas.
- Licencia tipo E
Habilita la tenencia de armas de la 3ª categoría, como escopetas, armas largas rayadas para tiro deportivo, armas accionadas por aire o gas comprimido, ballestas y armas del sistema Flobert.
- Licencia tipo F
Exclusiva para armas de concurso, permite su uso únicamente en campos, galerías y polígonos de tiro autorizados. Estas armas deben guardarse en cajas fuertes en domicilios o en locales de federaciones con medidas de seguridad aprobadas por la Guardia Civil.
Una regulación estricta
En todos los casos, las armas deben ser almacenadas en condiciones seguras, y los permisos están sujetos a renovaciones periódicas. Además, el uso indebido o la posesión sin licencia de cualquier arma letal es sancionado de manera severa. Esta regulación demuestra el compromiso de España con el control responsable de armas, asegurando que solo quienes cumplen con los estrictos requisitos legales puedan acceder a ellas.