Frontera sur: dos años de la playa del Tarajal y el problema latente de las expulsiones en caliente

Frontera sur: dos años de la playa del Tarajal y el problema latente de las expulsiones en caliente

La situación de inestabilidad política y de violencia en África y Oriente Próximo ha modificado el perfil de la mayor parte de los migrantes que se acercan a nuestra frontera: cerca de un 60% lo hace por razones de persecución política y social. De acuerdo con los tratados internacionales, tienen derecho a solicitar asilo político.

EFE

El 6 de febrero de 2014 se produjo una acción de la Guardia Civil para evitar la entrada de inmigrantes irregulares desde territorio marroquí que concluyó con 14 fallecidos como consecuencia de impactos de pelotas de goma y disparos de fogueo. Una acción extremadamente grave, a la que se ha dado una respuesta judicial censurable, y que es complementaria a una gestión muy deficiente de los flujos migratorios que quieren entrar a través de Ceuta y Melilla.

Hoy el tema no está en las primeras páginas de los medios de comunicación, aunque es un problema latente que puede volver a aparecer en cualquier momento. La acción de las Fuerzas Auxiliares Marroquíes, poco respetuosas con los derechos humanos, está impidiendo que los migrantes lleguen a las proximidades de Ceuta y Melilla. Pero al mismo tiempo, las idas y venidas de la cuestión se deben vincular a la presión negociadora de nuestro vecino, que utiliza la función de "policía de fronteras" como elemento de discusión.

Un correcto entendimiento de la cuestión pasa por los siguientes elementos:

  1. La situación de inestabilidad política y de violencia en África y Oriente Próximo ha modificado el perfil de la mayor parte de los migrantes que llegan a nuestra frontera: aproximadamente un 60% de los que se acercan a nuestro territorio lo hace por razones de persecución política y social. La consecuencia jurídica es clara: de acuerdo con los tratados internacionales, tienen derecho a solicitar asilo político. Más aún, España debería poner a su disposición instalaciones adecuadas para proporcionarles asistencia jurídica, lingüística y sanitaria.Frente a esta realidad, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) nos recuerda que ninguna persona de raza negra ha logrado llegar a las salas que impulsó el Ministerio del Interior, debido a que las fuerzas de seguridad marroquíes impiden su acceso a la frontera. No hay, en definitiva, peticiones de asilo ni asaltos a las vallas, porque no se puede siquiera llegar a ellas.
  2. En segundo lugar, aquellos que en el pasado se encaramaron a las conocidas vallas han sido devueltos a territorio marroquí en condiciones inasumibles: desde el momento en que llegan a territorio español (esto es, han traspasado la primera valla, la de separación con Marruecos), las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad han de seguir un procedimiento que permita la solicitud de asilo y la valoración de sus circunstancias de acuerdo con el derecho humanitario internacional. Es un principio general de derecho administrativo que, sin embargo, se quiere alterar con el eufemismo del "rechazo en frontera". El "concepto operativo de frontera" que utilizó la Guardia Civil, en el fondo, supone no reconocer la soberanía española de la franja que está entre las dos vallas. Estas prácticas hoy están siendo analizadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, después de las denuncias que presentaron N.D. (Mali) y N.T (Costa de Marfil), en las que reclamaban la aplicación de la doctrina de la sentencia por la que se condenó a Italia en 2012.
  3. En tercer lugar, la aplicación usual de políticas de grupo, tal como recoge la modificación de la Ley de Extranjería que se realizó en la última legislatura (a través de la Ley de Seguridad Ciudadana), contraviene la obligación que tiene el Estado de realizar un trato individualizado de cada caso, en concordancia con la prohibición de expulsiones colectivas, que están expresamente prohibidas en los casos de devolución, expulsión y extradición por el artículo 19.1 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
  4. En cuarto lugar, merece una especial atención la preocupante situación de los solicitantes de asilo en Ceuta y Melilla cuya solicitud ya ha sido admitida a trámite. Desde mediados del año 2010, se tomó la decisión de restringir el acceso a la península de los solicitantes de protección internacional en Ceuta y Melilla que eran admitidos a trámite. A pesar de que la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es clara al respecto, siguen confinados. El ACNUR, la Defensora del Pueblo, el Consejo de Europa y las distintas organizaciones humanitarias, afirman que esta situación lleva a algunas personas a no presentar su solicitud o a renunciar a la misma para intentar cruzar clandestinamente a la península y formalizarla allí, a fin de no quedar atrapadas durante años en una de las dos ciudades.

Como se puede apreciar, la situación actual no resiste un análisis de protección de derechos humanos. Las nuevas mayorías de gobierno deberían tener presente que también aquí debemos tener un cambio sustancial de política.