Referéndum: sí o no, según y cómo

Referéndum: sí o no, según y cómo

Para que cada referéndum tenga garantías, es precisa una campaña informativa seria, con lapsos de tiempo suficientes para que los partidarios del "sí" y del "no" puedan oponer sus razones y motivos de forma clarificadora. Hay que establecer un quorum mínimo de participación. Y es preciso que la ciudadanía perciba con nitidez no sólo qué se decide, sino sus consecuencias y efectos jurídicos, políticos e internacionales.

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Convocado a referéndum el pasado 6 de abril, el 32,2% del censo electoral de los ciudadanos de Países Bajos (de un total de 10 millones) fue a las urnas. Un 64% votó no a la ratificación del Acuerdo de Cooperación de la UE con Ucrania.

La extrema derecha ultranacionalista, xenófoba y antimusulmana liderada por Geert Wilders, aliado de Marine Le Pen en todas las embestidas populistas contra la construcción europea y contra la convivencia con la diversidad en la UE, se regocijó ante los resultados del referéndum casi tanto como Putin. Como es sabido, el régimen ultranacionalista y de hiperconcentración de poderes del Estado con el que gobierna Rusia se opone con armas y bagajes a toda aproximación a la UE de los países antiguamente sometidos a su esfera y, consiguientemente, obstaculiza en todo cuanto puede el Acuerdo político y comercial que aleja a Ucrania de Rusia y de la influencia rusófona en Europa central y del este a lo largo de la frontera este y vecindad inmediata de la UE.

El interés del episodio reside en que muestra a las claras los límites y contradicciones de según qué referéndum como supuesta herramienta de participación y perfeccionamiento democrático. La experiencia pone de manifiesto de forma crecientemente nítida que en un buen número de países europeos (EE.MM de la UE), la institución jurídica y constitucional del referéndum es utilizada una y otra vez para confrontar de manera binaria y forzosamente simplificada (sí o no) una sociedad plural y abrumada por la complejidad. Solo que, invariablemente, quienes agitan y proponen y fuerzan la convocatoria del referéndum de que se trate son, una y otra vez, los sectores más movilizados por la percepción de un nicho de oportunidad política ante la inacción (o apatía) de una amplia mayoría formada por todos los demás.

De modo que, invariablemente, el referéndum se convoca y se sostiene sobre un asunto pretextual (sí o no a una supuesta "pregunta"), pero se dirime sobre otra cuestión completamente diferente (¡sí o no a "este Gobierno", sí o no a "esta UE" o sí o no a "la propia UE"!).

La falta de correspondencia ante la pregunta formulada y los motivos percibidos por el electorado acerca de la convocatoria y lo que se decide, evidencia una distancia cada vez mayor entre la teoría constitucional que valida el referéndum como "técnica de democracia directa" complementaria de la representativa, y la práctica política que hace del referéndum un ariete de ataque y deslegitimación del diálogo entre mayorías y minorías configurado por las urnas en una sociedad plural en que casi nada se presta a la distorsión de un divisorio "sí" o "no".

El constitucionalismo democrático contemporáneo debe saber relanzar la democracia representativa y la apertura y frescura del debate parlamentario con una gestión inteligente de la democracia directa.

Además, la reciente experiencia de los referendos en los EE.MM pone de manifiesto que, en torno a su celebración, se movilizan mucho más quienes exhiben su interés en aprovechar la consulta para "golpear el trasero" del Gobierno o institución a quien se persigue deslegitimar, mientras que quienes no han participado en la iniciativa de la que arranca su convocatoria (por desinterés, por desidia o incluso por no oponerse o por estar de acuerdo con la cuestión debatida) se movilizan y participan mucho menos. El resultado es un sesgo de representación en favor de los que se oponen y en contra de los que consienten o simplemente no se oponen.

A ello añadimos la evidencia de que hace ya mucho tiempo que, en todas las convocatorias (electorales o referendarias), a escala nacional (EE.MM) o a escala paneuropea (ejemplo: las elecciones al Parlamento Europeo), los más antieuropeos y eurófobos votan con ganas, masivamente y con regularidad, mientras que los proeuropeos y los europeístas votan escasamente y participan en los procesos democráticos cada vez menos. Los europeístas votan muy poco y muy flojito, mientras que los antieuropeos sí votan, y lo hacen con mucha fuerza.

El resultado muestra las limitaciones del referéndum -según y cómo- para dirimir asuntos que requieren discusión y contraste de opciones disponibles. El constitucionalismo democrático contemporáneo debe saber relanzar la democracia representativa y la apertura y frescura del debate parlamentario con una gestión inteligente de la democracia directa.

En todo caso, para que cada referéndum tenga garantías y resultados fiables, es precisa una campaña informativa seria, con lapsos de tiempo suficientes para que los partidarios de cada "sí" y cada "no" puedan oponer sus razones y motivos de forma clarificada y clarificadora. Es preciso establecer un quorum mínimo de participación para validar el resultado. Y es que es preciso que la ciudadanía en su conjunto perciba con nitidez no sólo qué se decide (y qué no se decide), sino sus consecuencias y efectos jurídicos, políticos e internacionales.

Todo esto vale para el Brexit. Y para la pretensión de celebrar "consultas" secesionistas bajo la falsa cobertura de un (mal) llamado "derecho a decidir" que pretende contraponer los votos de la mayoría contra las reglas del juego que previamente nos damos, y cuyo acuerdo y vigencia son la precondición de que podamos votar todos y con todas las garantías.

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Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada con premio extraordinario, Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad Complutense de Madrid, becario de la Fundación Príncipe de Asturias en EE.UU, Máster en Derecho y Diplomacia por la Fletcher School of Law and Diplomacy (Tufts University, Boston, Massasachussetts), y Doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia, con premio extraordinario. Desde 1993 ocupa la Cátedra de Derecho Constitucional en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Es, además, titular de la Cátedra Jean Monnet de Derecho e Integración Europea desde 1999 y autor de una docena de libros. En 2000 fue elegido diputado por la provincia de Las Palmas y reelegido en 2004 y 2008 como cabeza de lista a la cámara baja de España. Desde 2004 a febrero 2007 fue ministro de Justicia en el primer Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. En octubre de 2007 fue elegido Secretario general del PSC-PSOE, cargo que mantuvo hasta 2010. En el año 2009 encabezó la lista del PSOE para las elecciones europeas. Desde entonces hasta 2014 presidió la Delegación Socialista Española y ocupó la presidencia de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior en el Parlamento Europeo. En 2010 fue nombrado vicepresidente del Partido Socialista Europeo (PSE).