Yolanda Díaz quiere quitarle a Franco y Primo de Rivera la Medalla al Mérito del Trabajo
La pregunta es: ¿por qué la tenían?
El Ministerio de Trabajo ultima un reglamento que pauta la opción de retirar la medalla al mérito en el trabajo cuando quede acreditado que la persona beneficiaria de esta distinción formó parte del “aparato de represión de la dictadura franquista”.
Así se recoge en el proyecto de real decreto que el departamento que dirige Yolanda Díaz ha llevado ya al trámite de audiencia pública, de cara a reformar el reglamento de concesión de la medalla y la placa al mérito en el trabajo.
Entre los potenciales ‘damnificados’ estarían el propio Francisco Franco, el general Yagüe —apodado ‘el carnicero de Badajoz’— o Pilar Primo de Rivera, hermana de José Antonio y líder de la Sección Femenina de la Falange.
Según recoge el diario Público, Franco recibió la Medalla de Oro Laureada al Mérito y al Sacrificio en el Trabajo el 18 de julio de 1953 por ponerse “al frente de los trabajadores que en la guerra dieron su sangre y en la paz su esfuerzo”. Y, además, por “47 años de servicios sin reposo, en continuada vela, desde el alba al ocaso, combatiendo y gobernando conduciendo la Nación española desde la oscuridad a la luz”.
Ahora, Yolanda Díaz quiere poner fin a este tipo de condecoraciones con un nuevo decreto ley. En el apartado décimo del texto normativo se contempla la revisión y retirada de dicha distinción si se determina que, antes o después de la concesión, la persona formó parte del “aparato de represión de la dictadura franquista”. El borrador del decreto estima necesaria una “revisión de las premisas y criterios relacionados con el ámbito laboral”.
También se habilita la revocación de la medalla o placa cuando “hubiera sido declarado responsable de actos constitutivos de delito u observado conductas incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos, particularmente de aquellos que tengan una incidencia laboral y social”.
Los supuestos mencionados para la retirada, según el proyecto de decreto, podrán resultar acreditados por medio de “sentencia penal o resolución administrativa sancionadora firmes, tenga o no esta última carácter disciplinario, así como por cualquier otro medio de prueba admisible en derecho”.
La anulación de la distinción será publicada en su caso en el Boletín Oficial del Estado, mediante orden ministerial o real decreto de revocación en el Registro de Concesiones de esta condecoración.
Obligados a devolver el galardón
Además, figura la obligación de devolución de la medalla o placa entregada al Ministerio de Trabajo y Economía Social y la prohibición a esta persona de exhibir la distinción o hacer mención de su posesión en cualquier “acontecimiento de naturaleza pública o privada”, así como acompañarla al resto de sus datos personales en documentos en los que apareciese mencionado su nombre o razón social o corporativa.
Finalmente, se acompaña una disposición adicional para habilitar la opción de revisión y retirada a los reconocimientos concedidos con anterioridad a la entrada en vigor del real decreto, acorde al mencionado artículo décimo.
La Ley de Memoria Histórica, muy presente
Y en el marco de esa actualización, el Ministerio de Trabajo ve motivado tener en cuenta en la regulación de la medalla, sobre todo en el apartado de la revisión y retirada, la actual normativa de Memoria Histórica.
A su vez, se establece que la distinción de la medalla se concede a personas que por su labor y contribución hayan incrementado la “dignidad, la igualdad y la calidad del trabajo”, con opción a la concesión a título póstumo. Sin embargo, la placa es una condecoración civil que se desplegará a asociaciones, organismos y colectivos. En ambos casos se establecen tres modalidades bajo las categorías de ‘Igualdad’, ‘Excelencia’ y ‘Salud laboral’.