Ya es ilegal cortar el rabo y las orejas a las mascotas
El Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía ya ha entrado en vigor.
Cortar el rabo, las orejas, seccionar las cuerdas vocales, extirpar uñas y dientes por fines estéticos o más allá de los fines curativos o bien regalar mascotas como premio o gratificación está prohibido desde este jueves, 1 de febrero de 2018, tras la entrada en vigor del Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía.
El Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 11 de octubre aunque no entraba en vigor hasta el 1 de febrero.
Según han explicado fuentes ministeriales a Europa Press la ratificación del Convenio, según el artículo 10 de la Constitución, supone que es aplicable en el conjunto del país sin que sea preciso modificar las normas autonómicas. De este modo, las comunidades autónomas no tienen que hacer nada al respecto porque el Convenio ya ha entrado en vigor en todo el territorio.
El texto establece la prohibición de las intervenciones quirúrgicas para modificar la apariencia u otros fines no curativos que solo se autorizarán si un veterinario las considera beneficiosas por razones de medicina o bien por el beneficio de un animal determinado o para impedir su reproducción.
Además, fija que toda intervención en la que el animal pueda sufrir dolor solo podrá efectuarse con anestesia administrada por un veterinario y las que no requieran de anestesia podrán realizarse por una persona competente con arreglo a la legislación nacional.
También se regula el sacrificio
A la hora de los sacrificios, el Convenio Europeo aprobado, expone que un animal de compañía solo podrá ser sacrificado por un veterinario o persona competente excepto para poner fin al sufrimiento del animal en casos de urgencia en los que no pueda obtenerse rápidamente la asistencia de un veterinario o de otra persona competente, o en cualquier otro caso de urgencia previsto por la legislación nacional.
En ese caso, el sacrificio deberá acometerse con el menor sufrimiento físico y psíquico posible y con la aplicación de una anestesia general profunda seguida de un procedimiento que cause la muerte de manera cierta. Del mismo modo, el Convenio prohíbe como método de sacrificio el ahogamiento u otros métodos de asfixia, el uso de venenos o drogas, la electrocución a menos que vaya precedida de pérdida inmediata de conocimiento.
Del mismo modo, el Convenio establece los límites a la tenencia de mascotas. En cuanto a las formas de reducción de animales vagabundos, aboga por no incentivar la reproducción no controlada a través de la estimulación de la esterilización o alentar que quienes se encuentren gatos o perros vagabundos lo pongan en conocimiento de las autoridades.
Con su entrada en vigor, España se compromete a fomentar los programas de información para promover la tenencia, cría, adiestramiento, comercio y custodia de animales de compañía, la conciencia y el conocimiento de este convenio.
En particular, España deberá prestar atención a que el adiestramiento se haga por personas dotadas de conocimientos idóneos y tendrá que establecer medidas para desalentar el regalo de animales de compañía a menores de 16 años sin consentimiento expreso de sus padres así como evitar el regalo de animales de compañía a modo de premio, recompensa o gratificación.
El convenio regula también distintos aspectos como su mantenimiento, custodia, bienestar, comercio y cría con fines comerciales o su uso en publicidad, espectáculos, muestras o concursos, entre otras cuestiones.
Los amos, responsables de su salud y bienestar
En definitiva, este convenio tiene como objetivo garantizar que "nadie" deberá infringir "innecesariamente dolor, sufrimiento o angustia a un animal de compañía" o que "nadie" deberá abandonarlo. Del mismo modo establece las responsabilidades de los amos en cuanto a su salud, bienestar, alojamiento, cuidados o atención y para poner todas las medidas razonables para impedir que se escape.
En este contexto, el pasado 24 de enero, el subsecretario del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medioambiente (MAPAMA), Jaime Haddad, anunció una campaña sobre la tenencia responsable de mascotas en el marco de la línea de trabajo de animales de compañía que, entre otras cuestiones, buscará mejorar la gestión del comercio electrónico de animales.
Además, Haddad defendió que la protección del bienestar animal es uno de los objetivos prioritarios del MAPAMA, no solo en los animales de producción sino en los domésticos y utilizados para fines científicos y ha recordado que el Convenio Europeo compromete a los países firmantes a concienciar sobre la tenencia responsable de animales.
Por su parte, la Asociación Nacional de Defensa de los Animales (ANDA) ha celebrado que "tras diez años de espera", España haya ratificado por fin el convenio que supondrá por primera vez que se apliquen unos "mínimos criterios uniformes" y "comunes" en todo el país para proteger a los animales de compañía.
Igualmente, señala que ahora las comunidades autónomas deberán comprobar su legislación para ver si cumple con estos parámetros y adaptarla allí donde sea necesario.
"Las legislaciones autonómicas son diversas e incluyen niveles y garantías diferentes por lo que era muy necesario encontrar una fórmula que permitiera, más allá de competencias nacionales, autonómicas o locales, establecer unos criterios de protección animal mínimos que garantizaran el respeto por nuestros animales de compañía de forma uniforme e independientemente del lugar en que nacieran o vivieran", ha manifestado el portavoz de ANDA, Alberto Díez.
Dudas jurídicas e incertidumbre
Por su parte, la Fundación Artemisán ha asegurado en un comunicado que no se aplicará en las comunidades autónomas hasta que estas no adapten sus leyes autonómicas al convenio y delimiten su contenido. A su juicio, la norma tiene un articulado confuso que deja abierta la interpretación y cuyo alcance deberán delimitar las autonomías.
Para la fundación que representa los intereses del sector cinegético y rural el Real Decreto genera en estos momentos una "importante inseguridad jurídica" y lamenta que en España no se hayan recogido excepciones a su aplicación a diferencia de otros países del entorno, tales como la posibilidad del corte de orejas y el rabo en algunas razas de perros, fundamentalmente de caza.
Por tanto, la Fundación interpreta que de momento y hasta que las distintas comunidades autónomas no traspongan el contenido del convenio "no hay ninguna norma que prohíba hacer el corte funcional a las orejas".