El Juzgado concede el tercer grado penitenciario a Iñaki Urdangarin
Trabajará fuera de prisión, regresará al centro para dormir y disfrutará de todos los fines de semana.
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Castilla y León ha estimado el recurso de Iñaki Urdangarin, que cumple condena en el Centro de Inserción Social (CIS) de Alcalá de Henares (Madrid), y le ha concedido el tercer grado penitenciario.
De este modo, trabajará fuera de prisión, regresará para dormir al CIS, y disfrutará de todos los fines de semana, han informado este miércoles fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).
Urdangarin ingresó en prisión el 18 de junio de 2018 para cumplir una condena de cinco años y diez meses de cárcel por delitos de corrupción en el caso Nóos.
El pasado 30 de diciembre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias acordó que Urdangarin cumpliera el resto de su condena en un Centro de Inserción Social, que pudiera ir a casa un fin de semana al mes y que trabajara de lunes a viernes como voluntario en el Hogar Don Orione, donde hasta ese momento acudía tres días a la semana.
Todo ello, siempre y cuando se sometiera al programa de reinserción para condenados por delitos económicos.
Se trataba de un régimen de semilibertad en aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, pero se le mantenía en la clasificación de segundo grado (el régimen ordinario).
Esta decisión de Prisiones fue recurrida por el recluso, al que ahora el juez de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Castilla y León le ha dado la razón y le ha otorgado el tercer grado o régimen abierto.
El letrado de Urdangarin interpuso el recurso porque no compartía el criterio para mantener a su defendido en segundo grado. El Ministerio Fiscal no se opuso a esa estimación, entre otros motivos debido a que la propuesta de progresión a tercer grado efectuada por los profesionales de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Brieva (Ávila), donde estaba ingresado, fue por unanimidad.
En su resolución, el juez de Vigilancia Penitenciaria se hace eco de los argumentos de la defensa y de la Fiscalía, que entendían que la decisión de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del 30 de diciembre respondía “a un mero modelo estereotipado”.
Además, considera que Prisiones no argumentó de forma coherente las razones por las que discrepaba de la Junta de Tratamiento de Brieva.
Por otra parte, el juez recuerda que otros condenados en la misma causa que Urdangarin gozan desde hace meses del régimen de vida que reclamaba el cuñado del rey Felipe VI.
“Si creemos realmente que la igualdad es un valor fundamental de toda actuación de la autoridad pública, ya administrativa, ya judicial, pilar elemental y esencia de la Justicia, sería cuando menos deseable, es más, imprescindible y necesario, que se expresara la causa o razón de discrepancia ante un evidente desigual trato”, considera el magistrado en su resolución.