Un Constitucional caduco consuma el golpe al legislativo al detener la votación de la reforma judicial del Gobierno

Un Constitucional caduco consuma el golpe al legislativo al detener la votación de la reforma judicial del Gobierno

Estima el recurso del PP y suspende la votación en el Senado prevista para este jueves. Es la primera vez en su historia que el TC ordena suspender un debate parlamentario. Congreso y Senado "acatan" la decisión.

Exteriores del TCEuropa Press News via Getty Images

El Constitucional ya ha hablado y lo ha hecho con su voz más conservadora. En una decisión insólita, el Alto Tribunal ha decidido paralizar la votación en el Senado de la reforma judicial del Gobierno al imponer su mayoría conservadora por 6 votos a 5.

En un pleno eterno plagado de polémicas, el TC —que tiene a cuatro de sus once magistrados con el mandato caducado— ha aceptado el recurso del PP que pedía suspender por vía cautelarísima la votación del Senado de este jueves. Hubiera sido justo una semana después de que el Congreso diera su mayoritario visto bueno a un texto legal que incluía dos enmiendas sobre el TC bajo una fortísima bronca en la sesión.

Congreso y Senado “acatan” la decisión del Constitucional

En sendas comparecencias de urgencia, al filo de la medianoche de este lunes, los presidentes de ambas cámaras han anunciado que “respetan y acatan” el fallo del TC, si bien han adelantado la intención de presentar alegaciones entre advertencias.

Para Meritxell Batet, con una actuación así, “se posibilita que la suspensión del ejercicio de la potestad legislativa esté a la mano de un solo diputado al imponer un recurso de amparo”, mientras que para Ander Gil “se abre una crisis institucional sin precedentes”.

Es la primera vez que sucede en España y en la Unión Europea y representa un golpe consumado contra el pueblo y la separación de poderes
Jaume Asens, presidente del grupo parlamentario de Unidas Podemos en el Congreso

El fallo final se podía intuir ya a media tarde, e incluso Unidas Podemos contaba con ello, al aceptar el Pleno del TC el recurso del PP y evitar la recusación a dos miembros del Tribunal con el mandato caducado (el presidente y otro magistrado, ambos del sector conservador) precisamente por la misma mayoría, de 6 a 5.

Tanto UP como el PSOE habían recurrido las figuras del presidente, Pedro González-Trevijano, como del magistrado Antonio Narváez al considerar que debían apartarse por tener “interés directo” en paralizar una reforma que supondría su salida automática del TC. Si el Senado avalaba las enmiendas legales, sus lugares los ocuparían los dos candidatos nominados por el Gobierno, el exministro de Justicia Juan Carlos Campo y la ex alto cargo de Moncloa Laura Díez.

Pero uno y otro han votado en contra de sus propias recusaciones, dejando en bandeja la resolución del recurso del PP al permitir que se mantuviese la mayoría conservadora.

Ahora se esperan los votos particulares de los cinco magistrados progresistas.

El fallo completo del Tribunal Constitucional

De esta forma, gracias al voto del bloque más cercano a la derecha, los magistrados han entendido que el recurso sobre la vulneración de derechos fundamentales “no carece prima facie de verosimilitud”, esto es, que está legalmente sustentada a juicio del TC.

El Pleno del Tribunal Constitucional, en una decisión adoptada hoy, ha acordado admitir a trámite el recurso de amparo planteado por diputados del grupo parlamentario Popular en el Congreso, con referencia a dos enmiendas que introducían reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de la Ley Orgánica del Poder Judicial, relativas a la designación de los magistrados del Tribunal Constitucional, incorporadas a la Proposición de Ley Orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso.

 

Los diputados recurrentes en amparo alegan la vulneración de su derecho al ejercicio del cargo representativo de conformidad con lo establecido en la ley (art. 23.2 CE), en relación con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos por medio de aquellos representantes (art. 23.1 CE), como consecuencia de la introducción de enmiendas por parte de la mayoría parlamentaria a la referida Proposición de Ley Orgánica que no guardan conexión de homogeneidad con el texto enmendado.

 

El Tribunal ha apreciado que la vulneración de derechos fundamentales alegada no carece prima facie de verosimilitud, atendiendo a la doctrina constitucional sobre el ejercicio del derecho de enmienda y la relación de homogeneidad que ha de existir entre las enmiendas y la iniciativa legislativa que se pretende modificar (SSTC 119/2011, de 5 de julio, 136/2011, de 13 de septiembre, y 172/2020, de 19 de noviembre). Igualmente ha considerado que la cuestión planteada en este recurso de amparo tiene especial trascendencia constitucional al estimar que el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de “relevante y general repercusión social”, que, además, tiene “unas consecuencias políticas generales” [STC 155/2009, de 25 de junio, FJ 2, letra g)].

 

Asimismo, el Tribunal ha estimado la solicitud de medidas cautelarísimas formulada por los recurrentes en amparo y, en consecuencia, ha acordado suspender cautelarmente, conforme al art. 56.6 LOTC, la tramitación parlamentaria de los preceptos que modifican la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, introducidos en la referida Proposición de Ley Orgánica, que derivan de las dos enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, e introducidas en el texto de la Proposición de Ley Orgánica, aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2022.

 

A la decisión del Pleno, que adoptará la forma de auto, han anunciado su intención de formular voto particular los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Cándido Conde-Pumpido Tourón y Ramón Sáez Valcárcel, así como las magistradas María Luisa Balaguer Callejón e Inmaculada Montalbán Huertas.

La corte de garantías constitucionales igualmente emplaza al Congreso de los Diputados, por conducto de su presidenta, a comparecer en este proceso en un plazo de diez días, “en calidad de parte demandada en el procedimiento”.

Es la primera vez, en sus más de 40 años de historia, que el Constitucional ordena suspender de forma urgente un debate parlamentario en las Cortes Generales, por lo que se trata de una decisión inédita.

El Constitucional ha defendido a todos los españoles y a nuestro Estado de Derecho de la deriva autoritaria y antidemocrática de Sánchez
Comunicado del Partido Popular

La izquierda habla de “golpe”; la derecha celebra

Fiesta en Génova. Para el Partido Popular, “ha triunfado el Estado de Derecho” y “hoy nuestra democracia ha salido fortalecida”, como recoge en un comunicado de urgencia.

La formación de Núñez Feijóo considera que el TC “no se ha dejado influenciar por las presiones del Gobierno y ha amparado a los diputados del PP”. “Pero ha hecho mucho más que eso: ha defendido a todos los españoles y a nuestro Estado de Derecho de la deriva autoritaria y antidemocrática de Sánchez”, agrega el texto de los populares.

Poco después, ha añadido su toque el propio Feijóo en términos muy similares. “En un Estado de Derecho, todos los poderes están sometidos a la Ley”, ha apuntado en Twitter.

Por contra, muy en contra, el presidente del grupo parlamentario de Unidas Podemos en el Congreso, Jaume Asens, ha calificado de “golpe consumado” la decisión del TC. Para el político catalán, en todo caso, son los jueces con un mandato caducado quienes tienen una “actitud sediciosa”, como ha apuntado en una entrevista a RNE.

Es “la primera vez que sucede en España y en la Unión Europea y representa un golpe consumado contra el pueblo y la separación de poderes”, ha apuntado, asegurando que con esta medida España está más cerca de convertirse en “Hungría y Polonia” con una democracia “tutelada por poderes ultras que se han atrincherado en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y en el TC”.

Instantes antes se pronunciaba Íñigo Errejón, líder de Más País, que ha anunciado la presentación de una Proposición de Ley para reformar la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, la 2/1979, de 3 de octubre. “No van a poder con la soberanía popular”; ha sentenciado el diputado en un tuit.

Bastante más feliz aparece Santiago Abascal, aunque asegura sentirse preocupado por el futuro. El líder de Vox ha tuiteado que la decisión del Constitucional “debería detener, de momento, el asalto de Sánchez” pero “no hay nada ganado, porque sigue con su plan de perpetuarse”. “Es capaz de desoír al Tribunal”, ha alertado el cabeza del partido ultraderechista.

También en Twitter, para Inés Arrimadas hoy “gana la democracia y pierde Sánchez”. La aún presidenta de Ciudadanos ve como una “gran noticia que el atropello de PSOE y Podemos a los derechos de los diputados sea frenado por el Tribunal Constitucional. El Gobierno y los partidos que lo apoyan deben acatarlo y aceptar las reglas de la democracia”.