La UE logra un acuerdo sobre las reservas de almacenamiento de gas e incluye el GNL como pedía España
Los Veintisiete y la Eurocámara han respaldado la propuesta legislativa para garantizar que los niveles mínimos se sitúen en el 80% antes de noviembre.
Los negociadores del Parlamento Europeo y del Consejo han logrado este jueves un principio de acuerdo sobre las nuevas reglas para establecer reservas conjuntas de almacenamiento de gas, en las que se incluye el gas natural licuado (GNL) en línea con la petición realizada por España y Portugal, al tiempo que han respaldado la propuesta de fijar unos niveles mínimos de almacenamiento del 80% antes de invierno y del 90% a partir de 2022.
Los Veintisiete y la Eurocámara han respaldado la propuesta legislativa para garantizar que los niveles mínimos de almacenamiento de gas se sitúen en el 80% antes de noviembre y en el 90% en los siguientes inviernos hasta 2026.
El acuerdo estipula que los Estados miembros podrán recurrir a reservas de gas natural licuado (LNG) para alcanzar ese mínimo del 90%, así como otros combustibles alternativos, un punto que responde a la petición presentada por España y Portugal a finales de abril para que se contemplara el papel del GNL en la seguridad energética y tuviera la misma consideración que las reservas de gas en el subsuelo a la hora de alcanzar esos niveles mínimos de almacenamiento.
Alcanzar el 85% de la capacidad de almacenamiento subterráneo de gas
En un paso más, los Estados miembros harán un esfuerzo por tratar de alcanzar el 85% de la capacidad de almacenamiento subterráneo de gas en 2022 de forma conjunta y la obligación de almacenamiento se limitará al 35% del consumo anual de gas de cada país de la UE en los últimos 5 años, una medida con la que se pretende evitar el impacto desproporcionado para aquellos países que cuentan con grandes instalaciones de almacenamiento.
El acuerdo, al que todavía tendrán que dar el visto bueno el pleno del Parlamento Europeo y los Veintisiete, establece que los países que no cuenten con instalaciones de almacenamiento de gas podrán recurrir a las de otros Estados miembros y tendrán acceso al 15% de su consumo anual de gas durante los últimos cinco años, para lo cual tendrán que cumplir con las obligaciones financieras para mantener los niveles de capacidad.
Los Veintisiete y el Parlamento Europeo han acordado una trayectoria de relleno de gas que permitirá monitorizar la evolución del almacenamiento, un mecanismo de seguimiento que establecerá la regulación en el presente ejercicio y que será propuesto por los Estados miembros en los años siguientes.
La Unión Europea cuenta cerca de 160 instalaciones de este tipo distribuidas en 20 Estados miembros, por lo que algunos países de la UE no disponen de capacidad de almacenamiento de gas.
Certificación obligatoria para todos los operadores
El acuerdo incluye una certificación obligatoria para todos los operadores de almacenamiento de gas, a fin de evitar los riesgos derivados de influencias externas en infraestructuras que son críticas para la UE y que puedan poner en riesgo el suministro.
La certificación dará prioridad a las instalaciones de almacenamiento más grandes y aquellas que recientemente se han llenado a niveles bajos. Los países de la UE tendrán 150 días a partir de la entrada en vigor del reglamento para certificar las instalaciones con prioridad y 18 meses para certificar las demás instalaciones y los operadores no certificados deberán renunciar a la propiedad o el control de las instalaciones de almacenamiento.
Además, el Consejo y el Parlamento han incluido una mención relativa a la diversificación de los proveedores de gas y la reducción de la dependencia energética de la UE.