El supuesto hijo de Julio Iglesias recurre su caso al Tribunal de Estrasburgo
Con la intención de defender “la verdad genética sobre la cosa juzgada”
El abogado Fernando Osuna, que representa al supuesto hijo valenciano del cantante Julio Iglesias, Javier Sánchez Santos, presenta este lunes un recurso en defensa de esta causa de filiación ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo (Francia).
Según ha informado el despacho de Osuna en un comunicado, este recurso se presenta con la intención de defender “la verdad genética sobre la cosa juzgada”, dado que el supuesto hijo del cantante cuenta con un informe genético que establece el vínculo familiar.
Esta prueba se consiguió por parte de un detective privado en Estados Unidos, que recogió un objeto abandonado por Julio José Iglesias Preysler y determina que entre ambos existe un vínculo genético del 99 %.
La causa judicial que inició en 2019 en los tribunales valencianos concluyó el pasado mes de marzo su recorrido posible por la Justicia española, al rechazar el Constitucional el recurso planteado por este supuesto hijo de Julio Iglesias para que se reconociera la paternidad del cantante, al considerar que se trata de “cosa ya juzgada”.
En 2020, la sección décima de la Audiencia Provincial de Valencia revocó la sentencia por la que el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valencia estimó un año antes la demanda de paternidad presentada por Javier Sánchez Santos, de 44 años, contra el cantante al apreciar “cosa juzgada”, sin entrar a analizar el fondo del asunto, dado que el supuesto hijo y su madre ya habían promovido otras acciones judiciales anteriormente.
Posteriormente, tanto el Tribunal Supremo, en 2021, como después el Constitucional han desestimado los recursos de la defensa de Javier Sánchez Santos por considerar que se trata de “cosa juzgada”.
En una nota de prensa, Osuna confía en que el TEDH “no se va a contradecir de sus propias sentencias” y enumera hasta once pronunciamientos similares en los que, según asegura, “prevalece la verdad genética, es decir, la realidad científica sobre la cosa juzgada o la prohibición de reabrir un juicio por cuestiones procesales”.
La violación denunciada del artículo 8 del Convenio de Derechos Humanos consiste en la vulneración del derecho del demandante a interponer un nuevo proceso para declarar su filiación paterna biológica.
A juicio del letrado sevillano Fernando Osuna, es la sentencia de segunda instancia de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Valencia de 6 de mayo de 2020 la que comete la vulneración cuando revoca la sentencia estimatoria de la filiación de primera instancia.