Sánchez no descarta indultar al hombre que ayudó a su mujer a morir
El presidente culpa a PP y Cs de obstruir ley de eutanasia.
El presidente del Gobierno y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, no ha descartado este jueves indultar al hombre que ayudó a morir a su mujer enferma en fase terminal y ha culpado a PP y Cs de haber obstruido la aprobación de la ley de la eutanasia.
En una entrevista en Telecinco, el jefe del Ejecutivo se ha mostrado “sobrecogido y emocionado” por la historia de Ángel y María José. “Incluso un punto indignado: eso tenía que haberse evitado antes”, ha asegurado.
En este sentido, Sánchez ha prometido que si obtiene “una mayoría parlamentaria” tras las elecciones generales del próximo 28 de abril el derecho a morir dignamente “será reconocido”. “Y no habrá una minoría que lo pueda evitar”, ha avisado.
Asimismo, ha cargado contra los partidos liderados por Pablo Casado y Albert Rivera por haber obstruido “hasta en 19 ocasiones” la “tramitación y la votación en un pleno que quería votar” a favor de la despenalización de la eutanasia.
Preguntado sobre un hipotético indulto, el jefe del Ejecutivo ha instado a esperar “a que el poder judicial actúe” y ha señalado: “El Gobierno y yo mismo, si tengo ese compromiso, también tendré esa sensibilidad y proximidad política de decisión con el marido”.
Entre seis y diez años
Ángel, el detenido por la muerte de su mujer se enfrenta a penas de entre dos y diez años de cárcel, según recoge el Código Penal, que contempla una rebaja si hay petición expresa de la víctima y si ésta padece una enfermedad grave, un extremo que se produce en el caso de María José Carrasco.
Este miércoles, Ángel suministró a su mujer una sustancia letal que le provocó la muerte. Lo hizo después de que ella expresamente dejara constancia de su petición en dos grabaciones. Tras fallecer, avisó al Summa y a la Policía, que le detuvo en su domicilio.
Se le acusa de un delito de homicidio. La eutanasia está castigada en el Código Penal con penas de seis a 10 años, según el artículo 143 del Código Penal.
Eso sí, contempla una pena inferior en uno o dos grados en el caso de que “la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar”.