Qué tengo que llevar para sacar de paseo al perro y evitar multas

Qué tengo que llevar para sacar de paseo al perro y evitar multas

El microchip no es lo único importante.

senior man walking with husky dog grandfather with his animal pet best friend concept flat cartoon character full length vector illustrationgmast3r via Getty Images

A estas alturas, todo el mundo sabe que tiene que llevar el DNI al salir a la calle. Pero lo que se nos escapa es que si salimos a pasear con el perro también nos pueden pedir su documentación.

En España es obligatorio que todos los perros estén identificados con microchip desde los tres meses. Además tienen que tener en regla el calendario de vacunaciones y, en algunas localidades, es necesario tener al animal asegurado. Todo esto sin olvidarse que es obligatorio llevarlo con correa, excepto en los recintos para perros o en horarios determinados en las zonas verdes estipuladas por cada ayuntamiento.

Por otro lado, si se trata de un perro de raza potencialmente peligrosa debe de cumplir con unos requisitos específicos. 

Si todo lo anterior te suena a chino, tienes que saber que la Policía puede pedirte cualquiera de estos documentos y, lo peor, si no los presentas, te puede caer una multa. Apunta si no quieres que se te quede una cara como la del perro de arriba.

Lo que hay que llevar sí o sí

  • Correa. La Ley 5/1997 de Protección de los Animales de Compañía establece que es obligatorio pasear a los perros con correa. Sin embargo, en ciudades como Madrid, Zaragoza, San Sebastián o Vitoria-Gasteiz, se permite la salida sin correa en algunas zonas verdes en horarios concretos. Nunca será en un parque infantil. 
  • Bolsas de plástico. Por la misma ley nacional de protección de animales de compañía, los dueños están obligados a recoger los excrementos de sus perros en la calle. Por este motivo, en algunas localidades de Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía hay una ordenanza que obliga a tener registrado el ADN de los perros para permitir la identificación de las heces y la correspondiente multa a su propietario. 
  • El justificante del Registro de Animales de Compañía o pasaporte. Todos los perros, de a partir de tres meses, tienen que estar identificados mediante un microchip, que está asociado a una ficha en el Registro. Este incluye: el domicilio, el nombre del animal, el dueño, el sexo y la raza, entre otros datos. Ese papel es el que hay que llevar encima, en su lugar también sirve el pasaporte europeo para perros, que es imprescindible para viajar.

  Ejemplo de pasaporte europeo para animales de compañía.

  • La cartilla sanitaria oficial. En esta cartilla debe verse el número de identificación del animal y el registro de vacunas antirrábicas, con fecha y sello. Este registro también se incluye en el pasaporte, por lo que puede ser útil llevar encima este único documento.

  Ejemplos de cartillas sanitarias para animales de compañía.

  • El seguro. Hay ciudades, como Madrid, que obligan a tener a los perros asegurados. Para justificarlo basta con presentar un recibo de haber pagado la cuantía estipulada y el tipo de seguro. 

No hay que alarmarse. No pasa nada si no lo llevas encima. La Policía da un plazo por si no se lleva encima la documentación solicitada. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid establece 10 días como plazo para presentarla en la administración correspondiente.

Lo que hay que llevar cuando es una raza potencialmente peligrosa

Cuando el perro es de alguna de las 16 razas calificadas como potencialmente peligrosas, además de la documentación y las medidas obligatorias, hay que tener en cuenta una serie de cuestiones especiales que establece el Real Decreto 287/2002.

Este tipo de perros no pueden ir sólo identificados con el pasaporte. Para presentar esta documentación, los dueños también cuentan con 10 días de plazo.

  • La correa, no extensible y de 2 metros o menos de largo. 
  • Bozal. A diferencia del resto de razas de perros, los calificados como potencialmente peligrosos están obligados a llevar bozal adaptado a cada uno. Este elemento es obligatorio también en perros con problemas de comportamiento y, en algunas ciudades como Madrid, para viajar en el transporte público. 
  • Justificación del Registro de animales potencialmente peligrosos. Para poseer uno de estos perros, además del registro general y la tenencia de un microchip, hace falta registrarlos en el régimen propio de animales potencialmente peligrosos. Para ello, se exige un examen físico y psicológico favorable del dueño, que tiene que ser mayor de edad, o no poseer de antecedentes delictivos, entre otros requisitos. 
  • Seguro de responsabilidad civil. Se debe tener al animal asegurado con un seguro de responsabilidad civil por posibles daños a terceros. Es un seguro específico para perros potencialmente peligrosos. 

Para que no se te olvide nada antes de salir de casa, puedes imprimirte esta chuleta con la documentación de tu perro.

  Chuleta sobre la documentación que tienes que llevar al salir de paseo con el perro.
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Marina Prats es periodista de Life en El HuffPost, en Madrid. Escribe sobre cultura, música, cine, series, televisión y estilo de vida. También aborda temas sociales relacionados con el colectivo LGTBI y el feminismo. Antes de El HuffPost formó parte de UPHO Festival, un festival urbano de fotografía en el marco del proyecto europeo Urban Layers. Graduada en Periodismo en la Universidad de Málaga, en 2017 estudió el Máster en Periodismo Cultural de la Universidad CEU San Pablo y en 2018 fue Coordinadora de Proyecto en la Bienal de Arte Contemporáneo de Fundación ONCE. También ha colaborado en diversas webs musicales y culturales. Puedes contactarla en marina.prats@huffpost.es