Qué significa el informe desfavorable del CGPJ sobre la ley del 'solo sí es sí'
Irene Montero ha dicho que seguirá adelante con la ley a pesar del informe.
Otro revés para el Ministerio de Igualdad en plena polémica por la Ley Trans y sus roces dentro de la coalición de Gobierno. Pero esta vez tiene que ver con el anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la ley del ‘solo sí es sí’. Este jueves, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado un informe en el que critica algunos de los aspectos más destacados de la norma y muestra su oposición a la misma.
A menos de dos semanas del 8 de marzo, el pleno del CGPJ ha respaldado la propuesta elaborada por los magistrados Roser Bach, Pilar Sepúlveda y José Manuel Fernández (encuadradas las dos primeras en el considerado sector progresista y el tercero, en el conservador). Se trata de un dictamen crítico -pero no vinculante- que llega tras cuatro meses de deliberaciones y se opone al núcleo de la norma.
¿Qué es lo que no aprueban?
Los magistrados se muestran contrarios a los dos ejes principales de la ley: la redacción del consentimiento expreso y la supresión de la distinción entre abuso y violación.
“Se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos conforme las circunstancias concurrentes, la voluntad de la persona de participar en el acto”, recoge el anteproyecto de Igualdad. Ya no se trata de que la víctima oponga resistencia sino de que diga que sí solo cuando quiera mantener relaciones sexuales.
El dictamen del CGPJ estima que la obligación de que el consentimiento sea expreso, concluyente e inequívoco por parte de la víctima de delitos sexuales puede comportar una “inversión de la carga de la prueba”. El problema, han alertado los vocales del no es conceptual, sino de prueba: “Se estarían alterando de modo sustancial las normas sobre la carga de la prueba en el proceso penal, con riesgo de afectación del principio de presunción de inocencia”.
Además, a su juicio, no se evitará con esa definición la denominada “victimización secundaria”, ya que los interrogatorios girarán sobre el modo en que la víctima suele prestar su consentimiento sexual, para determinar que en el caso en cuestión lo hubo.
La respuesta de Igualdad
La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, no está de acuerdo con “hacer pivotar sobre el consentimiento la regulación de los delitos sexuales”, aunque ha precisado que aún no ha leído el informe completo. Si bien, ha recordado que “el informe del GREVIO indicaba que España estaba en el buen camino con su intención de regular los delitos sexuales poniendo el acento en el consentimiento y no en los medios comisivos”.
Esto entronca, según ha añadido, con “la segunda gran pega” que pone el CGPJ a la ley, en relación con la distinción entre abuso y violación.
Abuso y agresión
Porque esta es otra de las principales medidas que incorpora esta ley: la unión en una misma tipificación de delito el abuso y la agresión sexual. Uno de los principales debates que desencadenó el juicio del caso de ‘La Manada’ de Pamplona.
En el anteproyecto se opta por eliminar el delito de abuso sexual y crear una categoría única de agresión sexual para evitar que fuera considerada abuso una violación en la que no se lograra probar la existencia de violencia o intimidación.
Pero los ponentes del CGPJ creen que eliminar el delito de abuso sexual puede perjudicar a la víctima y derivar en desprotección, al no castigar con mayor pena a quienes cometan actos más graves. Para evitarlo, proponen crear una modalidad agravada de agresión, con violencia o amenazas, en la que se imponga la pena en su mitad superior.
En el Código Penal actual, abuso y agresión son delitos diferentes. Ambos tienen un tipo agravado que incluye la penetración, con penas de cuatro a diez años y de seis a doce, respectivamente. En el caso del primero no se considera violación al no mediar violencia o intimidación. La reforma elimina ese condicionante y hace que desaparezca el delito de abuso, lo que obliga a una redefinición de las penas.
Rosell, por su parte, ha querido poner ejemplo del caso de la manada de Pamplona y el de Manresa. En el primero, según ha dicho, se hizo “mucho hincapié en no creer que la víctima había dicho ‘no’ y en que se hubiera resistido lo suficiente”, y en el segundo caso, la víctima estaba privada de sentido y no pudo decir que no, siendo sus agresores condenados por abuso y no por agresión. “Esa es la diferencia entre ‘no es no’ y ‘solo sí es sí‘, de una concepción patriarcal del derecho penal, de una concepción de que el hombre tiene derecho a usar el cuerpo de la mujer hasta que dice ‘no’, a un sistema basado en el consentimiento libre y mutuo en que los derechos se abren a partir de un sí consensuado y libre”, ha argumentado.
¿Y ahora qué?
A pesar de este dictamen desfavorable, la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha asegurado este martes en el Senado que la ley saldrá adelante y fuentes de su Ministerio calculan que la norma podría estar lista en mes y medio, unos plazos que frustran el deseo de Montero de que el proyecto fuera aprobado cerca del 8 de marzo, Día de la Mujer, y llevarían su aprobación a abril.
Tras el informe del CGPJ, que se suma a los del Consejo Económico y Social y del Consejo Fiscal, el anteproyecto debe ser evaluado asimismo por el Consejo de Estado antes de volver al Consejo de Ministros, último paso antes de llegar al Parlamento en forma de proyecto de ley.
Preguntada por si van a volver a pedir otro informe al CGPJ, Victoria Rosell ha señalado que no existe esta posibilidad, y ha insistido en que un informe de este tipo no puede tener “algo de meta jurídico o incluso de ideológico” y no debería aparecer “la ideología de sus componentes”.