¡Por fin una Fiscalía Europea!
¡Por fin, la Fiscalía Europea! Al debatir su aprobación en el Parlamento Europeo (PE), en el pleno de octubre en Estrasburgo, hemos dado un paso histórico.
Después de cuatro años de trabajos arduos, de debates, de tarjetas amarillas (alertas de "soberanía") en once Parlamentos nacionales, y de prolongados vetos de algunos Estados miembros (EEMM), sale finalmente adelante una cooperación reforzada (art.86.2 TFUE) con el apoyo de veinte de los veinticinco posibles EEMM participantes del Espacio de Libertad, Justicia y Seguridad (ELSJ, arts.67 a 89 TFUE), teniendo en cuenta que el Reino Unido, Irlanda y Dinamarca se excluyeron de este Espacio en el momento de abrir paso a la definitiva entrada en vigor del Tratado de Lisboa (TL, 1 de diciembre de 2009).
Es un paso realmente enorme para su consolidación este que estamos dando. Y el PE hizo cuanto estuvo en su mano para facilitarlo: con anterioridad, dimos aprobación a la base material para su efectividad mediante la incorporación de instrumentos legislativos de Derecho penal sustantivo nunca antes ensayados (art.83 TFUE): la Directiva relativa a la protección de los intereses financieros de la Unión por medio del Derecho penal. Agradezco que lo haya recordado en el curso del debate la comisaria Jourová, responsable de Justicia, puesto que fui ponente del Informe en su fase legislativa en el PE. Esta herramienta penal será crucial para proteger los intereses financieros de la Unión y el presupuesto de la Unión contra el fraude, que puede ascender a 500 millones de euros al año de acuerdo con la estimación más baja. Y lo será porque presta su base competencial a la Fiscalía Europea.
Y lo hará superando todas las dificultades técnicas, los obstáculos impuestos por lo que ha dado en llamarse "regalía de los Estados": la discusión ha solventado las objeciones relativas a la configuración de una herramienta común de obtención de pruebas y de valoración de pruebas; medidas comunes de garantía de los derechos procesales y de la defensa; disparidades procesales; y la definición de los límites del vínculo del fiscal del Estado nacional con la Fiscalía Europea cuando haya involucrado un interés específico de ese mismo Estado miembro.
Es este, en efecto, un paso muy significativo. Y los socialistas queremos que se amplíe cuanto antes, progresivamente, la base jurídica actual (art.83 TFUE) para cubrir también la delincuencia grave transnacional -notablemente el terrorismo- de ese art. 83 TFUE. Y para que el resto de los EEMM, que en la actualidad no participan, pueda subirse a bordo de este instrumento formidable que es la Fiscalía Europea.
Ojalá consiga cuanto antes ser efectiva. Y contribuya, con toda su capacidad, a recuperar recursos económicos y presupuestarios mediante la lucha contra el fraude, porque serán fundamentales para volver a invertir, para crecer, combatir el paro -singularmente el juvenil- y producir empleo y crecimiento económico en la UE.
Síguenos también en el Facebook de HuffPost Blog