Complemento para reducir la brecha de género: qué es, quién puede pedirlo y cómo solicitarlo
El sustituto del complemento de maternidad puede suponer los pensionistas un incremento de casi 400 euros al año en la pensión.
El complemento de maternidad por aportación demográfica ha pasado a mejor vida. Los pensionistas que hasta ahora podían solicitar este plus en la pensión deberán pedir a partir de ahora el complemento para reducir la brecha de género, un pago extra de casi 400 euros diseñado para resarcir la discriminación que sufren las mujeres a lo largo de su vida laboral respecto a los hombres, que también pueden solicitarlo.
¿Qué es este complemento de las pensiones?
El complemento para la reducción de la brecha de género es un plus de las pensiones contributivas en España con el que se persigue reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos.
La cuantía del complemento se fija en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año y se revaloriza anualmente, como ocurre con las pensiones, de acuerdo con el IPC. En 2022, el importe fijado es de 28 euros mensuales por cada hijo -hasta un límite de cuatro- que se cobran en 14 pagas. Así, un pensionista podría recibir hasta 392 euros más al año por cada descendiente.
¿Quién puede solicitar el complemento?
Podrán solicitar el complemento para reducir la brecha de género las personas con hijos que sean beneficiarias de una pensión de jubilación contributiva, de incapacidad permanente o de viudedad reconocidas después del 4 de febrero de 2021.
La Seguridad Social establece que la mayor parte de las beneficiarias serán mujeres aunque si los hombres demuestran que el nacimiento del hijo o hijos perjudicó a la cotización de su pensión, también podrán solicitarla y cobrarla. Aquí, igualmente, se imponen unos requisitos de cotización:
- Para nacimientos anteriores a 1995, tendrán que tener un mínimo de 120 días de ausencia de cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores.
- Para nacimientos a partir de 1995, la suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento del hijo deben ser, al menos, un 15% inferior a la suma de las bases de cotización de los 24 meses anteriores al nacimiento.
Además de este caso, los hombres también podrán solicitarla cuando tengan derecho a una pensión de viudedad y siempre que alguno de los hijos tenga derecho a recibir la pensión de orfandad.
Asimismo, el organismo público establece que solo lo puede cobrarlo uno de los progenitores, preferentemente la mujer. En el caso de que la pareja sea de dos mujeres o dos hombres, lo recibirá el que tenga una pensión menor.
¿Cómo se pide?
El plus de casi 400 euros en las pensiones contributivas debe solicitarse cuando se tramite la pensión ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Ya sea acudiendo a las oficinas de la Seguridad Social en persona o accediendo con el sistema cl@ve, DNI electrónico o certificado digital al portal de ‘Tu seguridad Seguridad Social’.