¿Qué pasará con las restricciones a partir del 9 de mayo si finaliza el estado de alarma?
Estas son las medidas que continuarán y las que no.
El Gobierno no prevé extender el estado de alarma más allá del 9 de mayo. Esas son las intenciones del Ejecutivo, según anunció ayer el propio Pedro Sánchez tras el Consejo de Ministros. Pero ¿qué implica? ¿dejarán de tener efecto entonces las restricciones de movilidad como el toque de queda o los cierres perimetrales?
Expertos constitucionalistas advierten que, con este decaimiento, las comunidades autónomas regresarían a la situación anterior, por lo que únicamente podrían adoptar “medidas ordinarias” en materia sanitaria.
Señalan que, solo en casos muy concretos y valiéndose de la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986, podrían llegar a limitar los derechos fundamentales afectados por las restricciones impuestas hasta la fecha.
La norma dispone en su artículo 3 que “con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible”.
Medidas “ordinarias”
De este modo, los juristas apuntan que, según la normativa y contando con un aval judicial, sí podrían contemplarse cierres perimetrales en zonas sanitarias, barrios o, en el caso más extremo, ciudades. No obstante, lo descartan para una comunidad autónoma en su conjunto. Asimismo, sería posible restringir ciertos horarios comerciales o la hostelería.
Concepción Rodríguez, del Foro Judicial Independiente (FJI), recuerda a Europa Press que la limitación de la circulación y permanencia de personas en determinados lugares están incluidas entre las restricciones que reserva la ley de 1981 para el estado de alarma.
“Las medidas que pudieran adoptar las comunidades autónomas, en todo caso, no podrán ser como las actuales, para las que se precisa estado de alarma”, añade María Jesús del Barco, de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM)”.
Consejo Interterritorial de Salud
Las CCAA deberán basarse a partir del 9 de mayo en las medidas que se adopten en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) —en el que participan el Ministerio de Sanidad y los consejeros de las respectivas comunidades autónomas— como órgano competente para abordar la situación epidemiológica.
Para Sánchez, el sistema de cogobernanza llevado a cabo en los últimos meses ha tenido buenos resultados a la hora de hacer frente a la pandemia y, por ello, asegura que “su intención es poner punto y final al estado de alarma en la fecha prevista”.