La ley Celaá prohibirá fondos públicos a las escuelas que separan por sexo
A través de una enmienda pactada por PSOE, UP y ERC.
La reforma educativa que se ultima en la Comisión de Educación del Congreso, la Lomloe o ley Celaá, prohibirá que los centros educativos que reciben parcial o totalmente fondos públicos, es decir, los concertados y públicos, separen por sexo.
Lo fija la enmienda transaccional acordada por los grupos parlamentarios de PSOE, Unidas Podemos y el Grupo Republicano -a la que ha tenido acceso Efe-, que saldrá delante previsiblemente este jueves en la reunión de la Ponencia que está estudiando y votando las más de 1.160 enmiendas parciales a la Lomloe.
Con esta enmienda, han destacado a Efe fuentes de Unidas Podemos, se pretende “garantizar la igualdad en el sistema educativo español que había quedado mermada con la aprobación de la Lomce”.
“Prohibimos que reciban, parcial o totalmente, fondos públicos las escuelas que segregan alumnos por sexos” y “todos los centros educativos, públicos, privados y concertados, deberán incorporar medidas para desarrollar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en sus planes de acción tutorías y de convivencia”, ha recalcado.
También, han añadido las mismas fuentes, tendrán que establecer “medidas orientadas a eliminar la violencia de género, el respeto por las identidades, culturas, sexualidades y de diversidad”.
La enmienda transaccional 28, que afecta la Disposición adicional vigésimo quinta del proyecto de la Lomloe, se refiere al fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres y queda así redactada:
1. “Con el fin de favorecer la igualdad de derechos y oportunidades y fomentar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos desarrollarán el principio de coeducación en todas las etapas educativas, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y no separarán al alumnado por su género”.
2. “Con objeto de favorecer la igualdad de derechos y oportunidades y, para garantizar la efectividad del principio contenido en el apartado l) del artículo 1, los centros educativos incorporarán medidas para desarrollar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en los respectivos planes de acción tutorial y de convivencia”.
3. “Los centros educativos deberán necesariamente incluir y justificar en su proyecto educativo las medidas que desarrollan para favorecer y formar en igualdad en todas las etapas educativas, incluyendo la educación para la eliminación de la violencia de género, el respeto por las identidades, culturas, sexualidades y su diversidad, y la participación activa para hacer realidad la igualdad”.
4. “En todo caso, las Administraciones educativas impulsarán el incremento de la presencia de alumnas en estudios del ámbito de las ciencias, tecnología, ingeniería, artes y matemáticas, así como en las enseñanzas de formación profesional con menor demanda femenina.
“Del mismo modo, las Administraciones educativas también promoverán la presencia de alumnado masculino en aquellos estudios en los que exista de forma notoria una mayor matrícula de mujeres que de hombres”.
5. “Las Administraciones educativas promoverán que los currículos y los libros de texto y demás materiales educativos fomenten el igual valor de mujeres y hombres y no contengan estereotipos sexistas o discriminatorios”.
“Asimismo, incluirán estos contenidos en los programas de formación inicial del profesorado”, concluye la enmienda a votar este jueves.