La reforma de Tráfico entra en vigor: recuerda los cambios y las nuevas sanciones
La DGT contempla nuevas sanciones frente a algunas infracciones como el margen para rebasar o sujetar el teléfono durante la conducción.
Los cambios introducidos en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial entran en vigor este lunes que tiene como objetivo el agravamiento de las sanciones previstas para comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción, como el uso del teléfono móvil al volante o el mal uso de los elementos de seguridad y protección del vehículo.
La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda algunas de las modificaciones como hablar por el móvil al volante sujetándolo con la mano que supondrá la pérdida de seis puntos en el carné y, además, prohíbe rebasar en 20 kilómetros por hora el límite de velocidad para adelantar en carreteras convencionales.
La norma, aprobada el pasado 2 de diciembre, revisa las infracciones que conllevan pérdida de puntos e incide en los comportamientos al volante que se consideran más peligrosos, legisla por primera vez sobre los nuevos medios de movilidad personal, como los patinetes, y avanza en la protección de los ciclistas.
Estas son las novedades de la reforma, para que no se te escape nada:
- La penalización con seis puntos del carnet conducir sujetando el móvil con la mano.
- Cuatro puntos menos si no se usa el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección; así como se establece la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.
- Tres puntos menos por “llevar en el vehículo” mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
- Se hace obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Se aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros, manteniendo la cuantía de 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
- Aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.
- Se fija en dos años sin cometer infracciones el plazo que tiene que transcurrir para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos.
- Los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal), la ley les prohíbe circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado.
- Se añade una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía, por no respetar las normas derivadas de escenarios anticontaminación y de las zonas de las bajas emisiones.
- Se castiga con 500 euros de sanción el uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en exámenes para la obtención y recuperación de permisos de conducir u otras autorizaciones administrativas o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos.