La jueza archiva gran parte del caso Máster pero mantiene imputada a Cifuentes
Se investiga a la expresidenta madrileña por falsedad documental
La jueza del caso Máster, Carmen Rodríguez-Medel, ha archivado la causa en relación a los delitos de prevaricación y cohecho impropio, pero ha decidido continuar investigando a la expresidenta madrileña Cristina Cifuentes y a otros cuatro imputados por el delito de falsedad documental.
La magistrada ha tomado esta decisión en un auto tres días después de que el Tribunal Supremo decidiese no investigar al líder del PP, Pablo Casado, por los delitos de prevaricación y cohecho.
Rodríguez-Medel archiva la causa de prevaricación y cohecho para los 19 investigados, de manera que cierra la pieza C de Casado y reduce la pieza principal únicamente al delito de falsedad.
De esta forma, continuarán como investigados las personas involucradas en relación al trabajo de fin de máster que Cristina Cifuentes defiende haber realizado y presentado ante un tribunal, pero cuyo acta de evaluación fue presuntamente falsificado.
También sigue imputado Álvarez Conde
Estos son -además de la expresidenta- el exdirector del Instituto de Derecho Público de la URJC Enrique Álvarez Conde -investigado en otro juzgado por supuesta malversación de fondos del Instituto-, dos profesoras del tribunal, Cecilia Rosado y Alicia López de los Mozos y la exasesora de la expresidenta regional María Teresa Feito.
Para la jueza, el informe del teniente fiscal del Supremo Luis Navajas y el auto del alto tribunal "son determinantes para el resto de las decisiones que deben adoptarse en este procedimiento".
"No resulta posible circunscribir la decisión del Alto Tribunal al aforado, ni apartarse esta instructora de su Superior criterio en lo que es responsabilidad de esta magistrada-juez, a saber, los no aforados, cuando la argumentación les resulta de plena aplicación", explica la magistrada.
Críticas al Supremo
Dicho esto, la jueza carga contra el Supremo por no considerar relevante el "punto neurálgico de esta instrucción" que no es otro que "acreditar indiciariamente la existencia de actividad académica" ya que si esto era así, no sólo no había cohecho para el alumno (puesto que no había regalo) sino que tampoco habría prevaricación del profesor (pues tiene libertad de cátedra para elegir cómo calificar).
Es por ello que no comprende que el Supremo vea innecesario oír como investigado a Casado y requerirle para que aporte el ordenador donde tenía los trabajos acreditativos de haber realizado el máster, ni tampoco se plantee la opción de citarle como testigo para colaborar con la Justicia y esclarecer si había responsabilidad penal en el presunto cabecilla de la trama, Enrique Álvarez Conde.
Y como el Supremo considera que la clave de la causa está en acreditar indiciariamente la existencia de un concierto previo o coetáneo para prevaricar, la jueza entiende que la decisión sobre Casado debe aplicarse al resto de alumnos investigados y "lógicamente" a los profesores, ya que la Sala no aprecia indicios consistentes de un regalo concertado entre alumno y profesor por no ir a clase sino más bien "un mero trato de favor".
Pero incluso tomando como referente el escenario del Supremo, la jueza dice que de las declaraciones de los alumnos no aforados que "a diferencia de lo ocurrido con el aforado (Casado) sí fueron citados", se desprende "información ciertamente relevante" y "significativa indiciariamente del concierto".
"Esta conclusión, sin embargo, debe rectificarse a la luz de la resolución del alto tribunal", añade la jueza, que recuerda que más allá de las propias declaraciones de los alumnos, no hay ningún "elemento objetivo" que demuestre un pacto para obtener el máster.
Sí que recuerda, no obstante, la declaración de María Dolores Cancio, profesora de la URJC, que reconoció que Álvarez Conde le regaló el título sin hacer nada, a quien da "credibilidad" pero cuyas palabras ahora no pueden ser tenidas en cuenta porque ni el Supremo ni la Fiscalía hicieron referencia a ellas.
"De otro modo, de haber entendido relevante jurídicamente la confesión de una investigada por revelar una mecánica delictiva, la pieza C a buen seguro no habría sido archivada. Habiéndolo sido, por tanto, descartemos su uso como indicio de un mismo modus operandi", señala la jueza.
"Indicios incontestables de responsabilidad penal"
Respecto a los profesores, dice que "indicios incontestables de responsabilidad penal -término usado por el fiscal del Supremo Luis Navajas- no hay frente a ninguno", de forma que se pueda acreditar que calificasen "arbitrariamente" a algunos alumnos.
Aún así, según la magistrada, puede haber dudas sobre si Cifuentes y el resto de alumnos hicieron los trabajos y hoy no aparecen "por causas normales" como el paso del tiempo, y también sobre si fueron los profesores de cada asignatura los que les calificaron o la nota fue modificada por otra persona.
En cualquier caso, hubo un "grupo de alumnos" del máster de Cifuentes que afirmaron haber aprobado el título sin hacer nada. "Por pura lógica -dice la magistrada- si el propio alumno señala que nada hizo y tiene la asignatura aprobada, cabe pensar que hay un comportamiento prevaricador del profesor que le calificó".
"Sin embargo, no hay indicios suficientemente consistentes al respecto", puesto que solo existe "la sola palabra" de los alumnos.