La Fiscalía rechaza los confinamientos y el toque de queda en Euskadi si no hay estado de alarma
El Ministerio Público mantiene que solo pueden decretarse estas medidas en “estados excepcionales”.
La Fiscalía Superior del País Vasco ha expresado su rechazo a que Euskadi mantenga el confinamiento perimetral autonómico y municipal o el toque de queda después del 9 de mayo, fecha en la que finaliza el estado de alarma.
El Ministerio Público de esta comunidad mantiene que dichas restricciones contra el coronavirus solo pueden decretarse en “estados excepcionales” y no en aplicación de una ley de sanidad de carácter general como pretende el Gobierno dirigido por Iñigo Urkullu.
La Fiscalía se ha pronunciado después de que el Ejecutivo vasco haya pedido al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que autorice el texto en el que se recogen las restricciones que entrarían en vigor tras el estado de alarma.
Además del confinamiento perimetral autonómico y municipal y el toque de queda nocturno entre las 22:00 y las 06:00 horas, el informe del gobierno vasco plantea una cuarta restricción. Pretende limitar las agrupaciones a cuatro personas, sin contar convivientes, cuando la tasa de incidencia acumulada de la COVID-19 sea superior a los 200 casos por cada 100.000 habitantes.
Sin embargo, la Fiscalía entiende que tanto el toque de queda como los cierres perimetrales son medidas genéricas que “no están justificadas” por las leyes sanitarias vigentes fuera del estado de alarma.
La Sala de lo Contencioso-Administrativos se reunirá mañana jueves para deliberar sobre el informe presentado por la Fiscalía y el próximo viernes, posiblemente, el organismo hará pública su decisión al respecto.