La falta de transparencia de la casa real

La falta de transparencia de la casa real

A pesar de ser un organismo público, todos los contratos son considerados “privados”.

Juan Carlos I en un acto el 14 de septiembre de 2005.AFP via Getty Images

El 3 de agosto de 2020 se difundió un comunicado histórico de la casa real. Su Majestad el rey Don Juan Carlos comunicaba a Su Majestad el Rey Felipe VI su decisión de vivir fuera de España “ante la repercusión pública que están generando ciertos acontecimientos pasados de mi vida privada”.

Desde que se hizo público dicho comunicado, la opinión pública se pregunta: ¿por qué se ha trasladado al extranjero si goza de la presunción de inocencia?, ¿a qué país se ha ido el rey emérito? La casa real guarda silencio, ¿por qué? Esta opacidad alimenta  todo tipo de especulaciones y bulos. 

Con independencia del sentimiento, predilección o preferencia que tenga cada persona sobre la monarquía o la república, y de las ventajas o inconvenientes de cada una de ellas, lo cierto y verdad es que ambas formas políticas del Estado comparten una necesidad común. Deben ser transparentes. Y ello por una razón muy sencilla: la monarquía y la república se financian con los fondos públicos recaudados de los impuestos pagados por la ciudadanía.

Como sabemos, la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria. El rey es el jefe del Estado y tiene los siguientes privilegios: es inviolable, no está sujeto a responsabilidad y la Corona es hereditaria (artículos 1.3, 56.1, 56.3 y 57.1 de la Constitución Española, en adelante, CE).

Como contrapartida a estos extraordinarios privilegios, la Familia Real y la casa real también deben ser extraordinariamente transparentes. Y el margen de mejora es todavía muy amplio, como vamos a ver a continuación.

La Familia Real no está sujeta a la Ley de Transparencia

La casa real y la Familia Real son instituciones diferentes. La casa real o Casa de su Majestad el Rey es un organismo que, bajo la dependencia directa de Su Majestad, tiene como misión servirle de apoyo en cuantas actividades se deriven del ejercicio de sus funciones como Jefe del Estado (artículo 65.1 de la CE).

En cambio, la Familia Real está compuesta por las siguientes personas: S.M. el rey Don Felipe VI; S.M. la reina Doña Letizia; S.A.R. la princesa de Asturias; S.A.R. la infanta Doña Sofía; S.M. el rey Don Juan Carlos y S.M. la reina Doña Sofía.

El artículo 2.1.f) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, LTAIPBG) incluye en su ámbito de aplicación a la casa real, pero no a la “Familia Real”, cuyos integrantes, incluido el propio jefe del Estado, tampoco son considerados altos cargos, como los miembros del Gobierno, por lo que no tienen la obligación de presentar declaración de bienes y derechos (copia de las declaraciones del Impuesto sobre Patrimonio y del IRPF, artículo 17 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado).

En mi opinión, la financiación pública que reciben los miembros de la Familia Real justificaría la obligación de publicar en su Portal de Transparencia las declaraciones de bienes y derechos de todos los integrantes de la misma.

  Imagen de archivo de Juan Carlos I. TORSTEN BLACKWOOD via Getty Images

Falta de publicidad previa en los contratos celebrados por la Casa Real

El artículo 65.1 de la CE señala que el rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma, es decir, puede gastar dicho dinero sin estar sujeto a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

A pesar de ser un organismo público, todos los contratos celebrados por la casa real son considerados “contratos privados”.

El artículo 15 del Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de S. M. el Rey, en su redacción introducida por el R.D. 772/2015 , de 28 de agosto, señala lo siguiente:

“La actividad contractual de la Casa de S.M. el Rey se inspirará en los principios de concurrencia, transparencia, eficiencia, agilidad, simplicidad y coordinación.Por la jefatura de la Casa se aprobarán las instrucciones que deban regir la contratación, las cuales se publicarán en su página web”.

En las instrucciones de contratación de fecha 16/4/2015, se dice que “los contratos tienen naturaleza privada y se regirán por las presentes Instrucciones y por las normas de derecho privado que resulten de aplicación según el tipo de contrato”.

En la instrucción nº 17 se contemplan 2 procedimientos de contratación: 1) procedimiento general (contratos de valor estimado superior a 18.000 euros, sin IVA) y 2) procedimiento para contratos de gastos menores.

A pesar de ser un organismo público, todos los contratos celebrados por la Casa Real son considerados “contratos privados”

En cuanto a la tramitación del expediente del procedimiento general, se realiza sin ninguna publicidad: “se acompañará la relación de los proveedores a los que se estima conveniente pedir oferta, en número no inferior a tres, siempre que sea posible. En caso contrario, se justificará debidamente en el expediente”.

La casa real, a pesar de su naturaleza de entidad pública, no está obligada a publicar en su portal de transparencia toda la detallada y numerosa información que deben publicar las restantes entidades públicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

En mi opinión, se trata de un privilegio sin ninguna justificación desde el punto de vista del interés general. Son contratos financiados con dinero público, por lo que debería imperar la máxima transparencia.

Así, por ejemplo, en el portal de transparencia de la casa real tan solo aparecen publicados los contratos cada tres meses, sin un listado anual ordenado por la identidad del adjudicatario para facilitar el control.

La selección del personal de la casa real se realiza sin publicidad

El artículo 65.2 de la Constitución Española (CE) establece que “el Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa”, excepcionando el derecho fundamental reconocido a todos los ciudadanos en el artículo 23.2, consistente a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos.

Para la Constitución Española, las personas que trabajan en la casa real reciben un salario público, pero, al parecer, no ocupan un cargo público, ya que todo el personal puede ser nombrado y separado libremente por el rey sin estar obligado a cumplir los principios de publicidad, mérito y capacidad como sucede en la Administración Pública (artículo 103.3 CE).

  Palacio Real, Madrid.JAVIER SORIANO via Getty Images

La falta de publicación en el portal de transparencia de la Casa Real de las declaraciones de los bienes y derechos de sus altos cargos

El artículo 21.5 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, obliga a publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las declaraciones de los bienes y derechos patrimoniales de los altos cargos de la casa real.

Sería muy sencillo publicar dichas declaraciones en el portal de transparencia de la casa real o incluir un enlace a la concreta página del BOE donde aparezcan publicadas.

La escasa transparencia de las retribuciones de los altos cargos de la casa real

El artículo 8.1.f) de la Ley 19/2013, de transparencia, obliga a publicar las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de este título, entre ellas, de la casa real.

No aparecen claramente publicadas por cada alto cargo y máximo responsable. En el estado de liquidación del presupuesto a fecha 31/3/2020 se consigna una cantidad global de 741.700 euros anuales para todos los altos cargos, pero es imposible saber lo que cobra cada uno de ellos.

La información sobre los presupuestos anuales y su ejecución tiene poco detalle y es difícil de comprender

En el portal de transparencia de la casa real se indica que, para el año 2020, la dotación económica asciende a 7.887.150 euros, señalando que, “con esta cantidad anual la Casa de S.M. el Rey hace frente a sus obligaciones económicas: retribuciones, cuotas y prestaciones sociales del personal de alta dirección, dirección y laboral a cargo de la Casa; gastos de funcionamiento, como material de oficina; determinados suministros; gastos de protocolo y de representación -almuerzos, cenas, recepciones-; viajes; adquisiciones de material diverso para el funcionamiento de los servicios, etc”.

Sin embargo, no se detallan dichos gastos de forma clara y comprensible. No es posible conocer, por ejemplo, el gasto en viajes o los gastos de protocolo y representación.

En relación con el gasto en viajes, la Familia Real debe informar de todos sus viajes oficiales entre 2015 y 2019. Así lo ha decidido el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CBTG) en una resolución de fecha 1/6/2020, tras una reclamación de Maldita.es. El CTBG dio de plazo hasta el pasado 22 de junio para que se hiciera público el listado de sus viajes, pero no consta, a día de hoy, que se haya cumplido dicha resolución del CTBG.

Es imposible conocer el coste global de la casa real

Más ejemplos. En el apartado de la ejecución presupuestaria, se detalla por grandes partidas el “estado de liquidación del presupuesto a 31/3/2020”. En dicha liquidación destaca el importe de 2.522.000,00 de incentivos al rendimiento del personal. No se sabe cómo se ha repartido esta relevante suma de dinero ni quiénes han recibido estos incentivos ni las razones justificativas de los mismos.

En definitiva, es imposible conocer el coste global de la casa real, porque, además de la asignación anual que recibe directamente de los presupuestos generales del Estado (7.887.150 euros en 2020), buena parte del gasto se reparte entre distintas partidas de los diferentes ministerios, por ejemplo, el gasto del personal funcionario y eventual se imputa al Ministerio de Presidencia; el gasto de seguridad, al Ministerio del Interior, etc.

  5f2c76d520000083010bd304Jon Nazca / reuters

Las cuentas anuales y los informes de auditoría y fiscalización no están publicados en el portal de transparencia de la casa real

El artículo 8.1.e) de la Ley 19/2013 de transparencia, obliga a publicar las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan.

Sin embargo, las cuentas anuales y los informes de auditoría no aparecen publicados en el portal de transparencia de la casa real.

En el BOE de 26/09/2019 se publica un convenio suscrito el 30/5/2019, entre la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y la casa de su Majestad el Rey, para la realización de auditorías de cuentas.

Es importante destacar que la casa real no está obligada legalmente a auditar sus cuentas. Voluntariamente lo decidió al suscribir dos convenios con la IGAE en 2014 y en 2019.

Después de una detenida búsqueda en el Portal de Transparencia de la casa real, no he sido capaz de encontrar el anterior convenio suscrito el 18/09/2014, por lo que, salvo error u omisión por mi parte, no está publicado en dicho portal. Tampoco están las cuentas anuales, los informes de auditoría y fiscalización, realizados al amparo de dicho convenio.

A modo de conclusión

En su discurso de proclamación ante las Cortes Generales el 19 de junio de 2014 , S.M. el Rey dijo lo siguiente:

“La Corona debe (…) velar por la dignidad de la Institución, preservar su prestigio y observar una conducta íntegra, honesta y transparente, como corresponde a su función institucional y a su responsabilidad social. Porque, sólo de esa manera, se hará acreedora de la autoridad moral necesaria para el ejercicio de sus funciones. Hoy, más que nunca, los ciudadanos demandan con toda razón que los principios morales y éticos inspiren –y la ejemplaridad presida– nuestra vida pública. Y el rey, a la cabeza del Estado, tiene que ser no sólo un referente sino también un servidor de esa justa y legítima exigencia de los ciudadanos”.

El futuro de la monarquía española dependerá, sin duda, de su mayor o menor transparencia. Quedan muchas cosas por hacer y el margen de mejora es todavía muy amplio. Los ciudadanos son cada vez más exigentes y no pueden confiar ni apoyar a una institución opaca.

La transparencia no distingue entre monarquía o república. Ambas formas de Estado se financian con dinero público y deben rendir cuentas. Ni más ni menos.

Las propuestas de mejora de la transparencia de la casa real apuntadas en este comentario son muy fáciles y rápidas de aplicar. Además, no tienen ningún coste económico. Solo falta lo más importante, la voluntad de querer hacerlo.