Se suspende el juicio contra el exconcursante de 'Gran Hermano' acusado de presunto abuso sexual
Carlota Prado no se ha presentado en el juzgado por motivos psiquiátricos, según su abogado.
El juicio que se iniciaba este martes en el Juzgado de lo Penal número 18 de Madrid por el presunto abuso sexual ocurrido en la edición de 2017 del programa Gran Hermano se ha suspendido, según 20 Minutos y ABC. El proceso que trataba de esclarecer si José María L.P. abusó de su compañera Carlota Prado se ha pospuesto porque ella no ha acudido como testigo alegando problemas psiquiátricos.
La jueza, según han informado 20 Minutos y ABC, ha considerado que el testimonio de Carlota Prado “es preciso” y ha indicado que “debe ser examinada por el equipo forense para ver si está en condiciones de acudir al juicio”, por lo que “se emitirá un exhorto al juzgado de donde ella reside para que proceda a ello”. Además, según este mismo medio, la jueza ha pedido al abogado de Prado el informe psicológico que justifique su ausencia.
Según informa ABC citando a fuentes de su defensa, Prado “estaba enviando audios a sus abogados en los que decía ser otra persona y expresaba ideas incoherentes”. En este mismo medio se recoge que su madre se puso en contacto con el letrado y advirtió de que la joven no estaba en condiciones.
José María L.P se podría enfrentar a una condena de dos años y medio de cárcel y 6.000 euros de indemnización a la víctima. Además, se tiene que aclarar si la productora Zeppelin tendría que indemnizar a la joven con la misma cantidad por mostrarle las imágenes.
En su escrito de acusación la Fiscalía recuerda que el objeto del programa era la retransmisión durante 24 horas de la convivencia de los participantes en la casa de Guadalix de la Sierra (Madrid), conforme a un reglamento “del que se deduce una relación de trabajo de los concursantes con la productora”.
Zeppelin se manifiesta antes del juicio
Este martes, con motivo del juicio, Zeppelin TV ha emitido un comunicado en el que cuenta que varios empleados de la empresa estarán declarando como testigos de los hechos. Asimismo, se han defendido de que presuntamente Prado tuviera que ver los vídeos de los abusos sola y sin apoyo psicológico.
“La relación de Carlota con Zeppelin fue siempre, mientras duró el concurso, de cercanía y confianza mutua. La productora y sus empleados actuaron, en todo momento, con la más firme voluntad de protegerla. Esto fue materializado por ella misma a través de repetidas muestras de agradecimiento al equipo desde que ocurrieron los hechos hasta su salida definitiva como concursante de aquella edición”, detallan.
Del mismo modo, la empresa ha señalado que “desea transmitir que su trabajo y política de tolerancia cero ante cualquier tipo de abuso de índole sexual seguirá siendo firme y claro”. “El avance de la productora por la creación de espacios seguros para las víctimas de violencia sexual se mantendrá más allá de este juicio, iniciativas que se sumarán a la creación, en 2020, de un protocolo específico de prevención y actuación ante situaciones de abuso sexual en entornos de alta visibilidad, entre otras medidas”, recalcan.
Zeppelin ha dejado claro que en caso de que José María L.P no pudiera hacer frente a la indemnización a la víctima, lo harían ellos. “Esta es la razón por la que Zeppelin figura como responsable civil subsidiaria en la causa y ya ha depositado el importe de la cuantía que se le podría pedir al potencial condenado, de cara a facilitar el proceso”, han recalcado.
La noche de la fiesta
Añade que los hechos comenzaron a las ocho de la tarde del 3 de noviembre de 2017 con ocasión de una fiesta en la casa para la que “el programa suministró a los concursantes bebidas alcohólicas”.
El fiscal explica que en la vivienda se encontraba también la concursante Carlota P.A., con quien el acusado había comenzado una relación sentimental unos cincuenta días antes. Relata que la joven, que en la fiesta había ingerido escasos alimentos, bebió al menos cuatro “chupitos” de tequila, “por lo que alcanzó un estado de embriaguez que fue acentuándose y evidenciándose a partir de la media noche”.
Así, sobre la una y media de la madrugada, cuando ambos se encontraban en el dormitorio que ocupaban, José María L.P., “que ya se había desprendido de sus pantalones, ayudó a la otra concursante a descalzarse y a introducirse en la cama que venían compartiendo, momento en el que la joven conservaba la totalidad de su vestimenta”, afirma la Fiscalía.
Agrega que el acusado “se introdujo en la cama mientras la joven permanecía en silencio y con los ojos cerrados realizando movimientos lentos y pesados debido a su estado” y aprovechándose de esta circunstancia, “a sabiendas de su estado de semiinconsciencia, comenzó a realizar bajo el edredón movimientos de claro contenido sexual pese a que ella balbuceando débilmente dijo: No puedo”.
“A continuación el acusado apretó su cuerpo contra el de la joven pese a que ella hasta en dos ocasiones levantó la mano como queriendo decirle que parara” y aunque José María L.P. pidió varias veces a la concursante que abriera los ojos esta permaneció inmóvil” y “solo acertó a responder que se quitara, momento en el que ella se giró quedando de espaldas al acusado”.
Estado de inconsciencia
La Fiscalía pone de manifiesto que José María L.P. continuó realizando bajo el edredón tocamientos y movimientos de contenido netamente sexual, “despojando a la víctima de su vestimenta, liberándole parcialmente de su ropa interior”, cuando ella estaba ya “en estado de inconsciencia”.
Sobre las dos menos veinte de la madrugada la joven se destapó la cara y un brazo “dejando ver su estado inerte, lo que motivó la intervención de uno de los miembros del programa encargado del visionado de la grabación, quien hasta ese momento no estaba en condiciones de saber lo que estaba ocurriendo, dado que el acusado había utilizado el edredón para taparse él y tapar a su compañera”.
Las imágenes grabadas de estos hechos fueron exhibidas a la joven en la mañana siguiente en la sala aislada denominada “confesionario” por el llamado “súper”, lo que le provocó “un incremento del estado de desasosiego, trastorno y perturbación de ánimo que los hechos ocurridos horas antes le habían producido en ella”.