Informe del Estado de Derecho en la UE y reforma de Eurojust contra los crímenes de guerra

Informe del Estado de Derecho en la UE y reforma de Eurojust contra los crímenes de guerra

El objetivo de esta modificación no es otro que Eurojust pueda colaborar de manera más efectiva con estados miembro, con los países terceros, y con el Tribunal International Penal.

Eurojust en el focoHP

En el Pleno del Parlamento Europeo (PE) celebrado en Bruselas esta segunda semana de mayo, destacan dos asuntos singularmente relevantes para la agenda marcada desde la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (Comisión LIBE) que tengo el honor de presidir. Desde que, tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa (TL) y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE (CDFUE), con el impulso decisivo del PE) superamos  una fase embrionaria de compromiso vinculante con los principios del Estado de Derecho de la Democracia y los Derechos Fundamentales consagrados en el art. 2 TUE hasta convertir el Debate sobre el Rule of Law Annual Report en una cita habitual del Pleno del PE en Estrasburgo, hemos cubierto efectivamente un territorio hasta hace poco inexplorado. La Comisión LIBE valora positivamente el

nuevo Informe 2021 presentado ante el PE por el Comisario de Justicia D. Reynders.

En el transcurso del debate pusimos de manifiesto que continúa pendiente la ampliación del espectro de preocupaciones del que se ocupa, en modo que no solamente se hable de asuntos obligados (ya clásicos) como el funcionamiento de los sistemas judiciales, la lucha contra corrupción o el pluralismo informativo, sino que incluya un examen de elementos adicionales pero asimismo relevantes, como lo son toda forma de abuso de poder bajo la cobertura de una mayoría absoluta, la no discriminación al acceso a un juicio justo, y la adecuación de los establecimientos y condiciones penitenciarias. Pero, sobre todo, subrayamos la importancia de que el Informe Anual distinga lo que son “violaciones graves” y “sistémicas” de los valores consagrados en el art.2 TUE (caso de Hungría y Polonia, sujetos al procedimiento de sanción del art.7 TUE, y bajo el foco de la Rule of Law Conditionality) respecto de aquellos EEMM en que se plantean problemas concretos o específicos pero que en ningún caso suponen una violación “sistémica”, ni un “riesgo claro” de desafío a los principios del Estado de derecho.

Y una segunda exigencia: superar el actual déficit de propuestas de mejoras a introducir, de modo que el informe incluya recomendaciones especificas en cada Country Report, señalando a los EEMM que tengan problemas concretos de cumplimientos específicos con los estándares UE cuál es el camino indicado para la mejora y refuerzo de las instituciones de su Estado de Derecho, Democracia y Derechos Fundamentales.

[El objetivo es] garantizar que no haya márgenes de impunidad para las atrocidades perpetradas en esta guerra contra Ucrania por las tropas rusas ante la dificultad para la recolección, clasificación, análisis, custodia y  transferencia de pruebas y testimonios

Un segundo de asunto de interés, ciertamente no menor, concierne a la iniciativa de reforma del Reglamento de Eurojust, Agencia Europea de Cooperación Judicial Penal contra la criminalidad grave transnacional. Resulta evidente que, vista la brutalidad de la guerra lanzada por la Rusia de Putin contra Ucrania y su pueblo, se ha hecho ajustar el mandato UE de Eurojust. La reforma de su reglamento debatida y aprobada en este Pleno de mayo por el procedimiento extraordinario de urgencia (primera y definitiva lectura en caso de que las enmiendas del PE resulten, como ha sido el caso, aceptadas por el Consejo en el que se pronuncian los Gobiernos de los EEMM) se ha orientado a producir un resultado muy concreto: garantizar que no haya márgenes de impunidad para las atrocidades perpetradas en esta guerra contra Ucrania por las tropas rusas ante la dificultad para la recolección, clasificación, análisis, custodia y  transferencia de pruebas y testimonios que resulten relevantes para la  investigación y, en su caso, enjuiciamiento de las personas responsables por tales crímenes de guerra.

La finalidad de esta modificación del mandato de Eurojust se orientaría concretamente a crear un sistema automatizado de gestión de datos y de  almacenamiento automatizado de los mismos para la preservación y transferencia de las pruebas que permita combatir la impunidad de los crímenes de guerra, de lesa humanidad y genocidio perpetrados en la guerra contra Ucrania. El objetivo último de esta modificación no es otro que Eurojust pueda colaborar de manera más efectiva con los EEMM de la UE, con los países terceros, y —lo que es más importante— con el Tribunal International Penal (TPI) y su Fiscal responsable de la investigación (ya incoada, en colaboración con los Equipos Conjuntos de Investigación activados por algunos EEMM). En efecto, el TPI ha lanzado ya un procedimiento específico para asistir a los equipos de investigación que ya están desplegados en la evaluación penal de los hechos. Pero, para actuar tan rápida como eficazmente, Eurojust debe tener la capacidad de ayudar y apoyar a los EEMM en sus investigaciones, así como a los jueces penales y fiscales del ministerio público frente a todos aquellos que tendrán que rendir cuentas por esos crímenes de guerra.

Genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, es el arco penal comprendido por el ámbito objetivo de esta modificación para cuya tramitación parlamentaria (estamos hablando de un reglamento que es legislación europea en que el PE ejerce plenamente potestad legislativa) la Comisión LIBE apostó por la vía de urgencia: una sola votación en una lectura única. Al día siguiente (19 mayo), el Consejo adoptó su acuerdo con el texto aprobado por la Comisión  LIBE y el Pleno. El voto del Pleno del PE supuso, pues, la terminación del procedimiento legislativo en tiempo récord, con lo que entra en vigor el Reglamento de Eurojust así modificado. El respaldo parlamentario al procedimiento de urgencia manifiesta claramente la determinación del conjunto de las Instituciones de la UE —incluido el PE, el único directamente legitimado por sufragio universal que le convierte en motor democrático de legitimación del EU Decision-Making— por apoyar y conseguir resultados en la lucha contra la impunidad de los crímenes de guerra perpetrados en Ucrania.

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Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada con premio extraordinario, Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad Complutense de Madrid, becario de la Fundación Príncipe de Asturias en EE.UU, Máster en Derecho y Diplomacia por la Fletcher School of Law and Diplomacy (Tufts University, Boston, Massasachussetts), y Doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia, con premio extraordinario. Desde 1993 ocupa la Cátedra de Derecho Constitucional en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Es, además, titular de la Cátedra Jean Monnet de Derecho e Integración Europea desde 1999 y autor de una docena de libros. En 2000 fue elegido diputado por la provincia de Las Palmas y reelegido en 2004 y 2008 como cabeza de lista a la cámara baja de España. Desde 2004 a febrero 2007 fue ministro de Justicia en el primer Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. En octubre de 2007 fue elegido Secretario general del PSC-PSOE, cargo que mantuvo hasta 2010. En el año 2009 encabezó la lista del PSOE para las elecciones europeas. Desde entonces hasta 2014 presidió la Delegación Socialista Española y ocupó la presidencia de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior en el Parlamento Europeo. En 2010 fue nombrado vicepresidente del Partido Socialista Europeo (PSE).