¿Hasta cuándo puedo prolongar la baja por maternidad?
Permiso de lactancia, vacaciones y excedencias son algunos derechos a los que la madre puede acogerse.
Cuando nace un hijo o se adopta un niño, las madres que estén trabajando o cobrando la prestación por desempleo tienen derecho a disfrutar de una baja de 16 semanas para cuidar del bebé con el mismo salario que tenían antes. Una vez superado el permiso por nacimiento (al que antes se le llamaba permiso de maternidad), toca volver al trabajo. A menudo, ese tiempo con el hijo recién nacido sabe a poco, pero existen algunos trucos para extenderlo:
La duración del permiso se amplía más allá de las 16 semanas si la madre ha tenido gemelos o mellizos. En caso de embarazo múltiple, la baja de maternidad se alargará 2 semanas más por cada hijo.
- Si son gemelos o mellizos: 16 semanas habituales + 2 semanas del primer hijo = 18 semanas en total
- Si son trillizos: 16 semanas habituales + 2 semanas del primer hijo + 2 semanas del segundo hijo = 20 semanas en total
- Si son cuatrillizos: 16 + 2 semanas del primer hijo + 2 semanas del segundo hijo + 2 semanas del tercer hijo = 22 semanas en total
Y así sucesivamente.
Si un niño nace prematuro (el nacimiento se produce antes de que el embarazo llegue a las 37 semanas de gestación), los cuidados médicos son fundamentales para el buen desarrollo. Los bebés que nacen con menos tiempo de gestación suelen tener más problemas de salud que aquellos que “llegan a término”, tecnicismo utilizado para decir que el embarazo se ha completado.
Ante la mayor dificultad que presentan estos hijos para salir adelante, la baja de maternidad de la que disfruta la madre progenitora se puede prolongar hasta 13 semanas, siempre que el niño permanezca ingresado en el hospital. Si se suman a las 16 semanas del permiso habitual, la madre puede disfrutar de un permiso máximo de 29 semanas.
Una vez que ha pasado ese permiso de maternidad, la madre puede acogerse al permiso de lactancia. Se trata de un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores para aquellos que hayan sido padres, tanto si es de forma natural como por adopción.
Los contratados tienen derecho a una hora de ausencia del trabajo al día (o dos medias horas) hasta que el niño cumpla 9 meses. Habitualmente se suelen acumular estas horas para disfrutarlas todas juntas. El número de días que le corresponde si se trabaja a tiempo completo suele ser de trece o catorce días laborables.
La fórmula de calcular cuántos días de permiso le tocan no aparece en la ley, aunque sí en algunos convenios. “Habitualmente para calcular cuántos días le corresponden hay que mirar la fecha de incorporación al trabajo y el día en el que el hijo cumple 9 meses. Contar los días laborables que hay entre ambas fechas en un calendario, sin incluir los festivos. Por cada día de trabajo, le corresponde una hora de permiso. Ese cómputo total se divide entre el número de horas que tiene la jornada laboral, que habitualmente son 8”, explica Sergio Herrero, abogado de Legálitas.
Hasta hace poco tiempo el permiso de lactancia solo podía solicitarlo uno de los dos progenitores en el caso de que ambos trabajaban. Sin embargo, esto se modificó el pasado mes de abril, según explican desde el grupo parlamentario socialista.
A partir de entonces, ambos progenitores pueden acogerse a este derecho y el periodo puede extenderse hasta que el niño cumpla los 12 meses. “Lo pueden disfrutar de manera simultánea el padre y la madre. El permiso de lactancia se puede prolongar de los 9 meses a los 12 meses, aunque se reducirá la parte correspondiente del salario a partir del noveno mes”, señala Herrero. Si los dos padres estén en la misma empresa, el empresario puede restringirlo siempre que haya razones justificadas.
El permiso de lactancia puede ser mayor en algunas profesiones, ya que algunos convenios colectivos amplían el periodo más allá de lo que establece la normativa estatal. Así ocurre, por ejemplo, con los periodistas. “Los trabajadores por lactancia de un hijo menor de 12 meses tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo”, señala el convenio colectivo de los trabajadores de prensa diaria.
Una vez terminados los permisos de maternidad y de lactancia, la trabajadora tiene derecho a disfrutar de las vacaciones. Habitualmente este periodo de descanso dura 30 días naturales o 22 días hábiles al año, es decir, sin contar sábados y domingos, salvo que el convenio colectivo establezca otra cosa.
Si las vacaciones coinciden con la baja de maternidad, la madre no pierde esos días. Tampoco los pierden aunque se haya acabado el año natural al que correspondan. “Si tuvo el hijo al final del año 2018 y no disfrutó de las vacaciones, la madre puede llegar a acumular los dos meses correspondientes a 2018 y a 2019”, cuenta Herrero.
Pasados todos estos permisos y las vacaciones, la madre tiene derecho a acogerse a una excedencia para cuidar del hijo menor de 3 años, al igual que su pareja. Durante el tiempo que transcurra hasta que el niño cumpla esa edad ni la trabajadora tiene que trabajar, ni la empresa tiene que pagar. Eso sí, ella conserva el derecho a reincorporarse a la compañía cuando se termine el tiempo de cuidado del hijo.
Una vez que la madre se ha reincorporado a su puesto de trabajo, puede solicitar una reducción de horario de la jornada laboral, entre un octavo y la mitad del tiempo, para cuidar del hijo hasta que este cumpla los 12 años. El menor número de horas conlleva una reducción proporcional del sueldo.