Garantías de alta protección a la infancia en la red
Uno de cada cinco niños es víctima de alguna forma de violencia sexual en nuestro continente.
Este año que está acabando hemos seguido a diario y con mucha angustia las cifras de infecciones, hospitalizaciones y, lamentablemente, de víctimas que la pandemia de la covid ha provocado y sigue provocando.
Pero en estos meses de pandemia también han aumentado otras cifras, igualmente terribles y angustiosas, a las que debemos prestar atención y que requieren una acción inmediata. Según estimaciones del Consejo de Europa, uno de cada cinco niños es víctima de alguna forma de violencia sexual en nuestro continente.
Toda forma de abuso sexual de un niño o niña es un delito grave, con tremendas secuelas físicas y psicológicas que acompañaran a los menores a lo largo de su vida, tanto si han sido abusados sexualmente o si se han visto forzados a enviar imágenes y videos a través de Internet.
De hecho, cuando los abusos se registran y se comparten online, el daño se repite indefinidamente. Las víctimas saben que esas imágenes que muestran los peores momentos de sus vidas son accesibles y que cualquier persona, incluidos sus amigos o familiares, algún día podrá verlas.
En los últimos años, según la Comisión Europea, se ha producido un aumento impresionante de informes sobre abuso sexual infantil online en los países de la UE. De 23.000 informes en 2010 se ha pasado a más de 725.000 en 2019, con casi 3 millones de imágenes y vídeos. Un aumento similar ha ocurrido a nivel mundial, pasándose de 1 millón de informes en 2010 a casi 17 millones en 2019, con casi 70 millones de imágenes y videos.
Detrás de cada uno de estos videos o fotografías está el sufrimiento real de millones de niñas, en la mayoría de los casos, pero cada vez es más frecuente que niños sean captados online o víctimas de familiares o amigos. Y la actual pandemia ha agravado aún más la situación, convirtiendo el abuso sexual infantil online en una de las principales amenazas del ciberdelito en la Unión Europea.
Ante esta realidad, en el pleno del Parlamento Europeo del pasado mes de septiembre acogimos con gran satisfacción la nueva Estrategia adoptada por la Comisión Europea, que establece disposiciones legislativas específicas para abordar de manera más efectiva estos delitos.
La primera de estas disposiciones, que vamos a votar en los próximos días, es un reglamento por el que se establece una excepción temporal a determinadas disposiciones de la Directiva 2002/58 sobre el uso de tecnologías por parte de los proveedores de servicios de comunicaciones online (Internet providers), con el objetivo de luchar contra el abuso sexual de menores en las redes.
Se trata de una normativa única y de suma importancia para la protección de la infancia cuyo fin es hacer frente a la consecuencia no intencionada de otra normativa europea: la Directiva 2018/1972 por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas, cuya entrada en vigor el próximo 20 de diciembre hará que sea ilegal que los proveedores de servicios de comunicaciones en línea continúen utilizando herramientas tecnológicas para detectar el abuso sexual infantil online.
Como vicepresidente del Intergrupo sobre los derechos de los niños del Parlamento Europeo, he apoyado sin reservas esta excepción temporal, ya que es imperativo que los proveedores de servicios de comunicación online puedan seguir haciendo pleno uso de las herramientas actuales para detectar todos los casos de abuso sexual infantil: fotos y videos que representan el abuso sexual de niños y niñas a través de tecnología hash, nuevas imágenes de contenido autogenerado a través de clasificadores y otras herramientas de inteligencia artificial, y sobre todo el grooming, es decir, la solicitación de menores con fines sexuales a través de mensajes.
Siempre he defendido mantener la referencia al grooming o acoso sexual de menores en el texto del Parlamento Europeo, en consonancia con la propuesta original de la Comisión, para permitir que los proveedores de servicios de comunicaciones online detecten elementos del acoso, dado que las herramientas anti-grooming actualmente en uso son las únicas que pueden prevenir el abuso y permitir que las autoridades policiales intervengan antes de que se consuma el delito.
Esta derogación temporal, si se adopta, sienta un precedente importante en la UE y supone un gran paso adelante en la lucha contra el abuso sexual infantil online. Pero es solo un primer paso, necesitamos un instrumento legislativo a largo plazo con el cual establecer un Centro de la Unión Europea para combatir y prevenir el abuso sexual infantil, que ayudaría a coordinar los esfuerzos de las autoridades de investigación y policiales.
Hay muchos otros actores involucrados en la lucha contra este crimen, incluidas las ONGs por los derechos de los niños y niñas, así como otras organizaciones con años de experiencia en servicios de líneas de atención. Es esencial reconocer su labor y apoyarlas, asegurando que todas puedan rastrear materiales de abuso sexual infantil.
Y quiero finalizar con un elemento fundamental que es el primero de todos: la prevención. Debemos seguir educando a los niños y niñas sobre los peligros del mundo virtual, y la Comisión Europea debe seguir apoyando e impulsando iniciativas en favor de la educación y sensibilización de niños y jóvenes, pero también de los padres, las madres y de todas las personas adultas que trabajan con ellos.