Novedades para las fases 0, 1 y 2: ¿Qué se podrá hacer desde este lunes?
Afectan a las bodas, el deporte, los comercios y las residencias de mayores.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden del Ministerio del Sanidad en la que el Gobierno de Pedro Sánchez detalla las medidas de la fase 2 así como la relajación de algunas restricciones en la Fase 1 y en la Fase 0 de la desescalada por el coronavirus.
Estas son las actividades que se podrán hacer en estas fases:
Fase 0
Comercios
Las regiones de España que permanecen aun en la fase 0 de la desescalada ―la Comunidad de Madrid, Barcelona y su área metropolitana y parte de Castilla y León― podrán abrir comercios sin cita previa igual que los que están en la fase 1. No podrán abrir terrazas, ni hoteles o establecimientos turísticos, ni locales de espectáculos ni actos culturales ni poner en marcha actividades de turismo activo.
Rebajas
El Gobierno ha decidido finalmente permitir las rebajas desde este lunes incluso en los lugares que aún siguen en la Fase 0 de la desescalada siempre, eso sí, que no generen aglomeraciones. De hecho, el Ministerio de Sanidad establece que, en el caso de producirse una gran afluencia de personas, deberá procederse al cese inmediato de estas promociones “si fuera necesario”.
La norma establece que son los comerciantes los que debe tomar medidas para evitar que se produzcan aglomeraciones que impidan el cumplimiento de las medidas sanitarias obligatorias.
Según recoge el texto, “las acciones comerciales o de promoción que lleven a cabo los establecimientos comerciales deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar” el cumplimiento de las medidas decretadas por las autoridades sanitarias.
Así, se deberá evitar que “se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los límites de aforo, o que comprometan el resto de medidas establecidas en esta orden”. Si esto se produce los comerciantes deberán “adoptar las medidas adecuadas para evitarlas, incluyendo el cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción
si resultara necesario”.
Lugares de Culto
Las regiones de España que siguen en la fase 0 –Comunidad de Madrid, el área metropolitana de Barcelona y parte de Castilla y León– podrán abrir sus lugares de culto con un 30% del aforo desde este lunes 18 de mayo, aunque no cambien de fase. Se trata de una de las medidas de flexibilización publicadas por el Gobierno, dentro del plan de desescalada en la lucha contra el coronavirus Covid-19.
Claves:
-Apertura de comercios de hasta 400 metros cuadrados sin cita previa.
-Asistencia de hasta 15 personas a los entierros. Diez personas a un velatorio, en caso de que el recinto sea cerrado.
-Tareas de desinfección en los centros educativos. Apertura de centros de investigación.
-Apertura de bibliotecas para préstamos de libros.
-Acceso a lugares de culto, con limitación del aforo, máximo del 30 %.
-Reanudan su actividad los concesionarios de coches, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas. Se requiere cita previa.
-Abren las administraciones de loterías y apuestas del Estado, sólo si tienen acceso directo desde la calle.
-Reanudación de la prestación de los servicios sociales.
-Acceso a museos con una limitación del máximo del 30 % del aforo.
-Los deportistas federados podrán realizar deporte dos veces al día dentro de su provincia en el marco de las franjas horarias permitidas.
-Apertura de lo centros deportivos de alto rendimiento.
-Mercadillos con un 25 % de los puestos, si así lo considera el ayuntamiento correspondiente.
Fase 1
Velatorios
Se podrán celebrar velatorios, en instalaciones públicas o privadas, con un límite máximo en cada momento de quince personas en espacios al aire libre o diez personas en espacios cerrados.
Lugares de culto
Se abrirán los lugares de culto con un tercio del aforo y con las medidas de higiene previstas para la fase 1.
Colegios y universidades
Podrán abrir los centros educativos y universitarios para tareas administrativas y de desinfección
Museos
La Orden de Sanidad establece que los museos pueden abrir sus puertas al público en la fase 1, en la que ya se encuentran territorios como Cantabria, donde se encuentran el Museo de Altamira; Extremadura, con el Museo Nacional de Arte Romano; o la región de Murcia, donde se sitúa el ARQUAE. Además, en las medidas de alivio para la fase 0, en la que se encuentra Madrid también se prevé la apertura de museos con un aforo de un tercio.
Sin embargo, la Dirección General de Bellas Artes, dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte, ha prolongado hasta el lunes 25 de mayo el cierre de sus museos y archivos estatales, así como el Centro Tabacalera. Esto afecta a un total de 16 museos estatales: Museo Arqueológico Nacional, el Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira; el Museo Nacional de Arqueología Subacuática (ARQUAE), el Museo del Traje, el Museo Nacional de Artes Decorativas, el Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias “González Martí”, el Museo Nacional de Escultura, el Museo del Greco, el Museo Casa de Cervantes, el Museo Nacional de Arte Romano, el Museo Sefardí, el Museo Sorolla, el Museo Nacional de Antropología, el Museo Cerralbo, el Museo Nacional del Romanticismo y el Museo de América.
Fuentes del Ministerio de Cultura y Deporte han señalado que estos 16 museos están “preparando la reapertura, haciendo acopio de materiales y disponiéndolo todo para hacer una apertura, cuando sea posible, con todas las garantías para la seguridad en la visita del público”, y han apuntado que se está trabajando para que los tres museos que se encuentran en territorios en Fase 1 (Cantabria, Extremadura y Cartagena) puedan abrir “cuanto antes”.
Deporte de élite
La orden flexibiliza las condiciones para la práctica del deporte de elite y de alto rendimiento, y también para los deportistas federados, que podrán realizar entrenamientos de forma individual, en espacios al aire libre, dos veces al día, entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, y dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia.
Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que, en su ámbito territorial, las franjas horarias previstas para ello comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dichas franjas.
Para realizar estos entrenamientos, si fuera necesario, dichos deportistas “podrán acceder libremente a aquellos espacios naturales en los que deban desarrollar su actividad deportiva como mar, ríos, o embalses, entre otros”.
No obstante, si en la modalidad deportiva practicada participaran animales, se podrá realizar la práctica al aire libre, de manera individualizada, en el lugar donde estos permanezcan, mediante cita previa, y durante el mismo período de tiempo.
La orden extiende el trato de los deportistas de alto nivel o de interés nacional a los calificados por las comunidades autónomas como deportistas de alto rendimiento. Podrán realizar entrenamientos de forma individual y al aire libre, dentro de los límites de la provincia en la que resida el deportista. Los entrenamientos y el uso del material deberán realizarse manteniendo, en todo caso, las correspondientes medidas de distanciamiento social e higiene.
Caza y pesca
Se podrá practicar la caza y la pesca deportiva y recreativa.
-Apertura de tiendas de hasta 400 metros cuadrados sin cita previa. Cuando tengan una superficie útil superior, se pueda acotar el espacio que se reabre al público ajustándose a este umbral.
Claves:
-Los comercios pueden celebrar rebajas.
-Están permitidas la caza y la pesca deportiva y recreativa.
-Reuniones de hasta 10 personas dentro y fuera de casa, manteniendo la distancia de seguridad de dos metros y respetando las normas de higiene relativa a lavado de manos y “etiqueta respiratoria”.
-Uso de coche de hasta 9 plazas por parte de los habitantes de un mismo domicilio.
-Apertura de terrazas al 50 % de su capacidad.
-Velatorios para un número limitado de familiares en instalaciones públicas o privadas: quince personas al aire libre o diez en espacios cerrados. Podrán asistir a los entierros o a la despedida para la cremación quince personas.
-Mercadillos al aire libre en la vía pública. Limitación inicial al 25% de los puestos habituales y afluencia máxima de la tercera parte del aforo.
-Los lugares de culto abrirán, aunque sólo se permitirá la entrada hasta un tercio de su capacidad.
-Apertura de hoteles sin uso de las zonas comunes.
-Las bibliotecas ofrecerán el servicio de préstamo, también la lectura con limitación de aforo.
-En el ámbito cultural, estarán permitidos los actos con límites de asistencia.
-Los museos abrirán sus puertas para permitir un tercio de la entrada máxima y con control de aglomeraciones en salas.
-Apertura de concesionarios de coches con cita previa.
-Turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas.
-Deporte no profesional: en instalaciones deportivas al aire libre sin público, sólo para practicar deportes en los que no exista contacto como atletismo o tenis. En los centros deportivos, actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.
-Deporte profesional: apertura de centros de alto rendimiento con medidas de higiene y protección reforzadas y, si es posible, turnos. Entrenamiento medio en ligas profesionales.
Fase 2
Deporte
El Gobierno ha ampliado el horario en el que las personas de hasta 70 años pueden salir a practicar deporte no profesional en la fase 2 de modo que estos ciudadanos pueden desarrollar estas actividades al aire libre en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas.
Así aparece recogido en una orden del Ministerio del Sanidad publicada esta tarde en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en la que el Ejecutivo de Pedro Sánchez detalla las medidas de la fase 2 así como la relajación de algunas restricciones en la Fase 1 y en la Fase 0.
En lo que respecta al horario para la realización de actividad física, la orden especifica que la franja horaria entre las 10 y las 12 y las 19 y las 20 están reservadas para el paseo de personas mayores de 70 años.
Del mismo modo, y según recoge esta orden, las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que en su ámbito territorial estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de las mismas.
Bodas
El Gobierno permitirá en los territorios que estén en la Fase 2 celebrar bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta personas en espacios cerrados y se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas.
Así, según la orden publicada esta tarde en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Sanidad, se obliga durante la ceremonia nupcial a cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias.
Respecto a las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia nupcial y que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se deberá seguir las normas de seguridad relativas a estos establecimientos.
Por otra parte, la orden en el BOE recuerda que lo previsto en este artículo sobre ceremonias nupciales será de aplicación a otras celebraciones religiosas de carácter social.
Visitas a residencias
Las visitas a mayores y personas con discapacidad en centros residenciales o viviendas tuteladas quedan limitadas a los centros en los que no haya casos confirmados de COVID-19, o en los que no haya ningún residente en período de cuarentena por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de
COVID-19.
Así consta en la orden de Sanidad para la flexibilización de determinadas restricciones en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. El texto señala que las comunidades autónomas y las ciudades autónomas podrán permitir en su ámbito territorial la realización de visitas en estos centros.
No obstante, en el caso de las personas mayores, el documento precisa que estas visitas se realizarán preferentemente en supuestos excepcionales, tales como el final de la vida o el alivio de descompensación neurocognitiva del residente.
Para llevar a cabo una visita, se deberá concertar previamente con la vivienda tutelada o el centro residencial y se limitarán a una persona por residente. Durante la visita, será obligatorio el uso de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo tanto por parte del visitante como por parte del residente y el centro residencial deberá contar con procedimientos específicos para regular la entrada y salida de las visitas con el fin de evitar aglomeraciones con los trabajadores
y resto de residentes.
Durante la visita, se deberán observar las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias, y en particular el mantenimiento de la distancia de seguridad de dos metros y la higiene de manos, así como aquellas otras medidas que por motivos de salud pública establezcan las comunidades autónomas y ciudades autónomas.
Claves:
-Bares y restaurantes empiezan a servir comida en sus locales, con un máximo del 40 % del aforo y manteniendo 2 metros de seguridad entre mesas. Las discotecas y bares de ocio nocturno permanecerán cerrados.
-Abren los centros comerciales, con un aforo máximo del 30 % para sus zonas comunes (que sólo podrán utilizarse para el tránsito) y del 40 % para los locales comerciales. Las zonas infantiles y ludotecas permanecerán cerradas.
-Se amplía el aforo de las tiendas al 40 %.
-Visitas a viviendas tuteladas y centros residenciales de personas con discapacidad. Habrá que concertar la visita, que estará limitada a un familiar por residente y requerirá el uso de equipos de protección.
-Visitas a residencias de ancianos en casos excepcionales como el final de la vida o el alivio de descompensación neurocognitiva del residente.
Estas visitas no podrán producirse si hay casos de COVID-19 o algún residente en cuarentena.
-Hasta 25 personas podrán asistir a un entierro o ceremonia de cremación. En el caso de los velatorios, 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados.
-Se amplía el aforo de los lugares de culto al 50 %.
-Se permiten las bodas en todo tipo de instalaciones, siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo, y en todo caso un máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta personas en espacios cerrados. Habrá que mantener la distancia social, la higiene de manos y la etiqueta respiratoria.
-Pueden abrir las salas de exposiciones, con la limitación de un tercio del aforo.
-Reapertura de cines, teatros y auditorios, con butacas preasignadas y un tercio del aforo. Otros locales en los que se celebren actos o espectáculos culturales impondrán un límite de 50 personas si son cerrados y de 400 si son al aire libre.
-Empieza a permitirse la visita a monumentos, también con el límite del 30% del aforo.
-Abren las piscinas recreativas, con condiciones para mantenerlas estén libres de microorganismos patógenos y de sustancias que puedan afectar negativamente la salud del usuario. Aforo máximo del 30 %, establecimiento de horarios por turnos, cita previa requerida y 2 metros de distancia de seguridad entre bañistas.
-Apertura de piscinas deportivas, tanto al aire libre como cubiertas, con un tercio del aforo, cita previa y un único deportista por calle.
-Se podrán realizar actividad física no profesional a cualquier hora, salvo en las franjas de 10 a 12 y de 19 a 20 horas, destinadas a personas de más de 70 años.
-Entrenamientos básicos e individuales de deportistas de ligas no profesionales, entrenamientos totales de las profesionales (por turnos y al 50 % de la capacidad de la instalación).
-Se reanudará la competición deportiva profesional siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita, sin público y a puerta cerrada, si bien podrán acceder los medios de comunicación para su retransmisión.
-Apertura de las instalaciones deportivas cubiertas para la realización de actividades deportivas, con cita previa y al 30 % de su capacidad.
-Se puede ir a la playa, donde se podrán realizar actividades deportivas, profesionales o de recreo de manera individual y sin contacto físico.
-Apertura de las residencias para investigadores.
-Apertura al público de zonas comunes de hoteles, pero sólo estará permitido un tercio del aforo.
-Las bibliotecas permitirán el uso de sus salas con un tercio de su capacidad máxima.
-Se amplían a veinte personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza.
-Se permite la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias con un máximo de 50 asistentes.
Guía para la Fase 2 de la D... by El HuffPost on Scribd