El Gobierno relaja las restricciones en la fase 3: estas son las novedades

El Gobierno relaja las restricciones en la fase 3: estas son las novedades

Sin franjas horarias, más aforo en los velatorios, reuniones más amplias...

MALAGA, SPAIN - 2020/05/29: An elderly woman wrapped in a Spanish flag accompanied by another woman walks along Misericordia beach during phase 1. With the continuing partial lockdown in the country, beaches of Costa del Sol in Malaga city will ...SOPA Images via Getty Images

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este sábado las novedades de la fase 3 de la desescalada por el coronavirus que ha aprobado el Gobierno de Pedro Sánchez.

Las islas de La Gomera, El Hierro, La Graciosa y Formentera son los territorios que han recibido el visto bueno del Ministerio de Sanidad para pasar a fase 3 de desescalada a patir del día 1 de junio, tal y como informó esta semana el ministro de este Departamento, Salvador Illa.

Serán, por tanto, las primeras en beneficiarse de ellas:

Reuniones: Se permitirán reuniones de hasta un máximo de 20 personas en domicilios y al aire libre, excepto en el caso de personas convivientes.

Franjas horarias: Tal y como expone el BOE, no quedará reservada ninguna franja horaria a colectivo alguno. En el caso de contacto social con personas que se encuentran dentro de los grupos considerados vulnerables al COVID-19, se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene.

Circulación: Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

Bares: En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración, además de la apertura del 75% de las terrazas, se les permitirá abrir al público para consumo en el local, salvo los locales de discoteca y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Además, estará permitido el consumo en barra siempre que se garantice una separación mínima de dos metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, similar a la distancia que se establece entre mesas.

Terrazas: Las terrazas al aire libre podrán ser ocupadas hasta el 75% de su capacidad en la fase 3 de la desescalada y las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales podrán abrirse al público limitando su aforo al 40%, permitiendo, además, la apertura los establecimiento y locales comerciales situados dentro de ellos al 50% de su aforo.

Cines y teatros: Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares deberán tener las butacas preasignadas y no superar el 50% del aforo máximo en cada sala. En cualquier otro espectáculo cultural, si es en espacio cerrado el aforo será de hasta 80 personas, siempre y cuando no se supere el 50% del aforo del recinto; y de hasta 800 personas si es al aire libre y las personas están sentadas, sin superar la mitad de la capacidad máxima del aforo.

Museos: Los museos, espectáculos culturales y bibliotecas abrirán con un aforo máximo del 50%. En concreto, a los museos podrán acudir grupos de hasta 20 personas, manteniendo la distancia de seguridad interpersonal.

Zoológicos: Los zoológicos, acuarios y centros recreativos turísticos podrán reabrir al público con una limitación de su aforo total al 50%. Estas instalaciones deberán limitar a un tercio el aforo en las atracciones y lugares cerrados; y las zonas comerciales deberán cumplir con las condiciones y medidas de higiene y/o prevención establecidas por el Ministerio de Sanidad.

Bodas: Las bodas podrán celebrarse con un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados, siempre que no se supere el 75% del aforo del recinto.

Velatorios: Los velatorios se podrán celebrar con un máximo de 50 personas en la fase 3 de desescalada si son al aire libre y de 25 si se celebran en espacios cerrados.

Entierros: La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

Lugares de culto: Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75% de su aforo, si bien la capacidad máxima se tendrá que publicar en lugar visible y se deberán cumplir las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

Casinos y casas de apuestas: Los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, podrán abrir en aquellos territorios que entren en la fase 3 de la desescalada siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo permitido y, en todo caso, un máximo de 50 personas, y se cumplan las medidas de higiene y prevención.

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