Eutanasia, muerte digna, suicidio asistido... ¿es lo mismo?
El Congreso arranca este martes la tramitación de la ley para regular la eutanasia.
El Congreso de los Diputados arranca este martes el debate sobre la proposición de ley, presentada por el PSOE, que pretender regular la eutanasia. Un debate social y en el que también se ponen en primera línea algunos conceptos y términos.
Estas son las diferencias entre los distintos términos:
- Eutanasia: Termino derivado de las palabras griegas eu, que significa bien o fácil, y thanatos, que quiere decir muerte, por lo que etimológicamente se traduce como “buena muerte”.
- Eutanasia directa: Hay dos tipos de eutanasia directa, la activa, que en líneas generales consigue la muerte de la persona enferma con el uso de fármacos, y la pasiva, que consiste en la suspensión del tratamiento médico como de la alimentación por cualquier vía.
- Eutanasia indirecta: El objetivo es aliviar el sufrimiento del enfermo con el suministro de medicamentos que contribuyen a calmar los dolores y que, finalmente, termina con la muerte del paciente como efecto secundario y sin buscarla.
- Eutanasia voluntaria: cuando es el individuo enfermo el que con todas sus capacidades físicas y mentales pide que lo ayuden a morir.
- Eutanasia no voluntaria: cuando el enfermo ya no tiene las capacidades mentales y físicas para solicitar que lo ayuden a morir pero había expresado antes que ésta era su voluntad o es sometido a eutanasia sin saber cuál hubiera sido su voluntad.
- Muerte digna: El derecho de los pacientes con una enfermedad irreversible o incurable y en estado terminal a decidir y manifestar su deseo a morir dignamente sin someterse a prácticas que invadan el cuerpo como tratamientos quirúrgicos, reanimación por vía artificial, alimentación... Tiene lugar con todos los alivios médicos adecuados y con el consuelo psicológico.
- Suicidio asistido: Tampoco es eutanasia. En este caso es el paciente el que voluntariamente termina con su vida tras recibir los medios necesarios para suicidarse, incluidos el suministro de medicamentos bajo prescripción médica y el asesoramiento sobre el tipos de dosis a tomar para que resulten letales.
- Sedación paliativa: La sedación paliativa supone la administración deliberada de dosis y combinaciones de fármacos que reducen la conciencia de las personas con una enfermedad en estado avanzado o terminal para aliviar sus síntomas.
- Cuidados Paliativos: Es el conjunto coordinado de intervenciones sanitarias dirigidas, desde un enfoque integral, a mejorar la calidad de vida de los pacientes y sus familias, y prevenir y aliviar así el sufrimiento tratando el dolor y otros problemas de carácter psíquico, físico y hasta espiritual que se pueden hacer en casa o en el hospital.
- Testamento vital: Un documento en el que las personas libremente expresan su voluntad anticipada sobre las atenciones médicas que querrá recibir en el caso de que llegue a padecer una enfermedad terminal o irreversible y ya no pueda expresarse libremente cuando llegue el momento.