El Supremo revisará la condena de Alsasua el 18 de septiembre
La Audiencia Nacional ratificó que los hechos no podían ser calificados de terrorismo.
El Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 18 de septiembre la vista pública en la que revisará la condena a entre 2 y 13 años de cárcel que impuso la Audiencia Nacional a ocho jóvenes por agredir a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra) el 15 de octubre de 2016.
Un tribunal de cinco jueces, presidido por Andrés Martínez-Arrieta, estudiará los recursos de los ocho jóvenes a la sentencia de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, que confirmó la primera y ratificó que los hechos no podían ser calificados de terrorismo, como pedía la Fiscalía.
Esa sala confirmó la condena para siete acusados, si bien rebajó de 10 a 6 años la pena a Iñaki Abad por una cuestión técnica: solo se le acusaba por dos delitos de lesiones y no por los cuatro por los que fue condenado.
Los otros son Jokin Unamuno, Ohian Arnanz, Jon Ander Cob, Julen Goicoechea, Aratz Urrizola, Adur Ramírez y Ainara Urquijo y todos fueron condenados por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas, pero no por terrorismo al no ver el tribunal que la agresión tuviese tal finalidad o se pudiese vincular con la estrategia de ETA.
La Fiscalía, que solicitaba penas entre 12 y 62 años de cárcel por terrorismo, renunció a recurrir ante el Supremo a la vista de las dos sentencias dictadas, que no le dieron la razón, si bien impugnó los recursos de los condenados. Tampoco recurrió la acusación ejercida por Covite.
Para el fiscal, hay prueba suficiente para ratificar la condena al entender que las lesiones vienen agravadas por la discriminación por motivos ideológicos de las víctimas dada su condición de guardias civiles.
Los hechos ocurrieron el 15 de octubre de 2016, cuando los dos guardias y sus parejas fueron increpados en el bar Kotxa de Alsasua y fueron rodeados por un grupo de unas 25 personas que les gritaban para que se fueran con expresiones como “os vamos a matar por ser guardias civiles”, “hijos de puta”, “cabrones” o “txakurras”.
Así consideró probado la Audiencia Nacional, que señaló en su sentencia que los agresores les propinaron “golpes, patadas y puñetazos” hasta el punto que el teniente de la Guardia Civil cayó porque una de las patadas le produjo la rotura de la tibia y el peroné.
Según la sentencia, la única mujer condenada le dijo en tono intimidatorio a la novia del sargento: “Esto os ha pasado por bajar al pueblo, cada vez que salgáis os va a pasar lo mismo”.
La Audiencia apreció las agravantes de abuso de superioridad y de odio y consideró probado que actuaron por animadversión a la Guardia Civil y por motivos ideológicos, si bien negó que actuasen “siguiendo el ideario” de ETA pues eran menores de edad cuando ETA manifestó que abandonaba la “lucha armada” y por ello “difícilmente hubieran asumido y mantenido en el tiempo ese ideario”.
Además de Martínez-Arrieta, el tribunal que revisará la sentencia estará formado por Antonio del Moral, Andrés Palomo, Susana Polo y Vicente Magro, ponente de la resolución.