El juez imputa a Luis Medina un delito por alzamiento de bienes y le da tres días para abonar 900.000 euros
Y abre una investigación patrimonial de sus bienes en España y en el extranjero, confirma 'Cadena SER'.
El juez Adolfo Carretero, encargado del ’Caso Mascarillas’, ha decidido imputar al comisionista Luis Medina un delito de alzamiento de bienes y le ha dado un plazo de tres días para depositar una fianza de casi 900.000 euros.
El juez ha respondido de este modo tras descubrir que en las cuentas de Medina, uno de los dos empresarios que presuntamente estafaron al Ayuntamiento de Madrid con la compraventa de mascarillas, guantes y test de antígenos en los primeros meses de la pandemia, solo hay 247,26 euros.
Dado que el juez quiere que cubra la responsabilidad civil de los presuntos delitos investigados, que en su caso asciende a 1.216.984,33 euros, y que solamente se le ha podido embargar un yate matriculado en Gibraltar de 325.515 euros, le ha dado ese plazo de tres días para depositar 891.227,07 euros, o, de lo contrario, procederá al embargo de todos sus bienes, muebles e inmuebles.
En un auto al que ha tenido acceso Efe, el juez Adolfo Carretero, titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, decide también ampliar la imputación de Medina -hasta ahora investigado por estafa agravada, falsedad en documento y blanqueo de capitales- por un presunto alzamiento de bienes.
Punto neutro judicial
El magistrado añade que antes de proceder al embargo, en caso de que no prestase la fianza, se deberá oficiar al Punto Neutro Judicial, para averiguar los bienes muebles e inmuebles del investigado, así como a la Agencia Tributaria para que aporte información sobre bienes inmuebles y de otras clases en el extranjero.
Entiende que también debe remitirse nuevo oficio a la entidad Deutsche Bank para que informe, con el mayor detalle posible, de las operaciones de venta de títulos valores del bono Global Dividend 1 por valor en efectivo de 12.239 euros, 12.203 euros, 12.338 euros y 18.973,50 que realizó en 2021. Indica que debe ponerse el foco especialmente en las cuentas bancarias en las que se habrían depositado las anteriores cantidades, así como de sus beneficiarios.
Con esos datos que aporte el banco, el juez indica que ha de remitirse oficio Agencia Estatal de la Administración Tributaria para solicitar que amplíe un informe anterior y conocer así el destino de los fondos retirados en las mencionadas operaciones, incluyendo los posibles partícipes y sus últimos beneficiarios. Además del bono Dividend 1, el juez quiere saber el destino de los fondos de ventas anteriores tanto en este como en el Phoenix MSCI.
Pide apartar a la funeraria municipal
Del mismo modo que solicitó con el Ayuntamiento de Madrid, Luis Medina ha solicitado al juez que no acepte la personación como acusación particular en las diligencias de la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid en calidad de perjudicado al estar de acuerdo con los contratos investigados en el procedimiento.
Su abogado sostiene que la funeraria municipal “no se ha visto afectada ni perjudicada por los hechos investigados en el procedimiento judicial”. La representación legal de Medina se opone a que sea acusación particular en un asunto donde ha sido “la encargada de gestionar y canalizar los contratos investigados” y ha mostrado estar de acuerdo con los mismos, “suscribiéndolos y en ningún momento revocándolos ni denunciándolos, habiéndose mostrado conforme con lo que ha obtenido de los mismos”.