El Constitucional restringe las reclamaciones por el impuesto de plusvalía
Sólo podrán recurrir quienes ya tuvieran un recurso abierto, según avanza 'El País'.
Tras el anuncio este martes de que el Tribunal Constitucional anula el impuesto municipal de plusvalía al considerarlo inconstitucional, poco a poco van sabiéndose más detalles.
Según informa El País, que ha tenido acceso al borrador de la sentencia, el fallo del tribunal determina que sólo podrán recurrir los contribuyentes que ya tuvieran un recurso abierto antes del dictamen.
“No pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en la presente sentencia aquellas obligaciones tributarias devengadas por este impuesto que, a la fecha de dictarse la misma, hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme”, cita. Además, se considerarán “situaciones consolidadas las liquidaciones provisionales o definitivas que no hayan sido impugnadas a la fecha de dictarse esta sentencia y las autoliquidaciones cuya rectificación no haya sido solicitada”, señala el texto.
Al tratarse de un borrador, todavía puede ser modificado, pero es la tercera vez en cuatro años que Constitucional dicta sentencia contra este impuesto.
¿Qué es el impuesto de plusvalía?
El impuesto de plusvalía, legalmente impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, grava la revalorización anual de las viviendas. Es decir, es el impuesto a la diferencia del precio de la vivienda entre el momento de la compra y la venta, la herencia o la donación.
En el primer caso, es el vendedor el que tiene que pagarlo; en las herencias o donaciones, paga el impuesto el que lo recibe. Al tener un carácter municipal, el impuesto se tiene que abonar siempre al Ayuntamiento en el que está ubicada la vivienda.
El Ministerio de Hacienda ya anunció este martes que está trabajando con los ayuntamientos para recuperar este impuesto, que cada año aporta 2.500 millones de euros a las arcas locales.