Del Diccionario al Código Penal: la aporofobia será un agravante del delito
Podemos impulsa una reforma de los delitos de odio en el Código Penal el Código Penal, ante la "evidente" situación de vulnerabilidad de las personas pobres o sin hogar.
El pleno del Senado ha aprobado este miércoles 24 de octubre por unanimidad (salvo un error en un voto) la toma en consideración de una proposición de Ley de Podemos que persigue incorporar la aporofobia (odio al pobre) como agravante en el Código Penal. La iniciativa será ahora remitida al Congreso para su tramitación parlamentaria.
Hasta ahora, el apartado 4 del artículo 22 del Código Penal establece como agravantes de la responsabilidad penal "cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad". La formación morada quiere que entre estos motivos también aparezcan "las razones de aporofobia o exclusión social" entre estos agravantes.
En su argumentación, Podemos destaca que en los últimos años se han producido situaciones de agresiones y discriminación a personas sin hogar, a pesar de ser un fenómeno bastante invisible y poco denunciado. Sin embargo, señala que el Código Penal dentro de los delitos de odio no contempla como agravante la situación socioeconómica o de sin hogar de las víctimas a pesar de que es "evidente" que esta situación hace a las víctimas especialmente vulnerables.
Así, explica que hasta ahora los tribunales mayoritariamente se limitaban a tratar las agresiones de este tipo como delitos de lesiones, salvo algunas excepciones en las que se ha aplicado el artículo 173.1 del Código Penal, es decir, un delito contra la integridad moral.
También recuerda que el Ministerio del Interior desde hace unos años recoge en su informe sobre la evolución de los incidentes relacionados con los delitos de odio en España, las infracciones penales y administrativas cometidas contra las personas por su situación de pobreza y exclusión social, señalando que los casos de aporofobia van en aumento y ello a pesar de la dificultad de contabilizar y encuadrar las agresiones que sufren las personas que viven en la calle con un componente discriminatorio.
Y añade que la Fiscalía General del Estado en la memoria de 2015 proponía agravar las penas por este motivo y recuerda que el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea establece la prohibición de toda discriminación, entre otras, por razones de patrimonio.
"Con la presente reforma se trata de llenar este vacío que presenta la legislación penal al añadir la aporofobia entre el catalogo de las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal la aporofobia", argumenta.
El término aporofobia, acuñado por la filósofa Adela Cortina hace más de 20 años, hace referencia, tal y como se recoge en su libro, "al rechazo, aversión, temor y desprecio hacia el pobre, hacia el desamparado que, al menos en apariencia, no puede devolver nada bueno a cambio". Sin embargo, no fue hasta hace poco menos de un año, en diciembre de 2017 cuando la Real Academia de la Lengua (RAE) decidió incorporarla.