Consulta aquí el BOE con la declaración oficial del estado de alarma en Madrid
Para "establecer las medidas necesarias para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada", expone el Gobierno.
Ya es oficial. El Gobierno ha emitido el Boletín Oficial del Estado que contiene Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, por el que se declara el estado de alarma en Madrid. Su entrada en vigor se ha producido con la publicación de la norma en el BOE.
La publicación, surgida tras el Consejo de Ministros extraordinarios de este viernes, detalla las medidas ya adelantadas por el Gobierno. El ámbito de su aplicación será Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz y su vigencia temporal, de quince días.
Durante ese plazo, “a los efectos del estado de alarma, la autoridad competente será el Gobierno”. Sin embargo, el mismo documento recoge que “cada administración conservará las competencias que le otorga la legislación
vigente, así como la gestión de sus servicios y de su personal, para adoptar las medidas que estime necesarias, sin perjuicio de lo establecido en este real decreto”.
Estas son las restricciones que marca el real decreto en cuanto a la limitación de la libertad de circulación de las personas:
El RD 900/2020, de 9 de octubre obliga al Gobierno central a remitir “semanalmente” información documental al Congreso de los Diputados sobre la ejecución de las medidas y la valoración de su eficacia en la lucha contra el virus.
Igualmente, otorga al Ejecutivo la competencia de dictar sucesivos decretos que modifiquen lo establecido en este, para lo cual tendría que dar cuenta al Congreso, “de acuerdo con lo previsto en el artículo octavo dos de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio”.
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