Claves para no perderse con la polémica sobre la ley del 'sólo sí es sí'
¿Por qué se rebajan las penas? ¿Qué solución hay? ¿Qué dice la ley y qué decía antes?
Es la gran polémica de la semana: la rebaja de penas a agresores sexuales —e incluso la excarcelación de algunos— por la aplicación de la ley conocida como ‘sólo sí es sí’.
Una situación que ha provocado las críticas de la ministra de Igualdad, Irene Montero, a los jueces, a los que ha acusado de no aplicar la norma y de aplicar criterios machistas para rebajar las penas.
Estas son las claves para entender lo que ha sucedido en los últimos días:
¿Qué dice la ley?
La nueva norma acaba con el abuso sexual, pero no con su castigo. Es más, aumenta la pena respecto al anterior Código Penal, que era de uno a tres años de cárcel o multa de 18 a 24 meses. Ahora se castiga con entre uno y cuatro años de prisión.
Lo que hace la ley del ‘sólo sí es sí’ es identificar cualquier delito sexual como agresión sexual para que no suceda, como sí ocurría antes, que una violación no fuera considerada como una agresión sexual sino como un abuso sexual, que se castigaba con menos pena.
De hecho, el anterior Código Penal obligaba a la víctima a tener que demostrar que no se había resistido y no bastaba que no hubiera dado su consentimiento.
Esta nueva norma pone el consentimiento positivo en el centro, cambiando el paradigma legal de los delitos sexuales.
¿Por qué están rebajando las penas?
Porque se ha aumentado la horquilla de penas al considerar todos los delitos sexuales como agresiones sexuales, tanto las penas más altas (algunas han subido) como las más bajas (algunas han bajado).
Es decir, la mínima de agresión sexual, que antes era seis años, ahora es de cuatro porque se incluye lo que antes era abuso.
Lo que hace la ley, para no quedarse corta en el castigo, es incluir una serie de agravantes para cada caso. No es lo mismo que un agresor toque el trasero a una mujer en el Metro a que la viole con penetración. Ambas actitudes se consideran agresión sexual, pero se castigan diferente en función de los hechos.
El problema viene cuando, al rebajarse algunas de las penas mínimas, algunos jueces han entendido que tienen que aplicar automáticamente un principio básico en el Derecho Penal: la retroactividad de la ley más favorable al condenado. Es decir, que si hay una ley que castiga con menor pena un mismo delito, se aplica la ley menos dura.
¿Por qué pasa ahora?
La ley entró en vigor a principios de octubre.
Inmediatamente, muchos abogados de los agresores sexuales condenados comenzaron a redactar recursos para reclamar que sus defendidos vieran rebajadas sus condenas en aplicación de la retroactividad.
Ha sido ahora cuando han comenzado a conocerse los primeros autos acordando estas rebajas.
¿Qué dice el Ministerio de Igualdad?
Fuentes del Ministerio explican a El HuffPost que el problema radica en que algunos jueces no están aplicando los agravantes que contempla la ley ni los están teniendo en cuenta a la hora de comparar el anterior Código Penal, con el que fueron castigados los condenados, con el actual.
“Los hechos bien interpretados, con este Código Penal, conllevan una pena que en absoluto es menor”, recalcan desde el departamento de Irene Montero, donde aseguran que “hay un sesgo” en la interpretación que hacen algunos magistrados de la nueva norma.
La propia Victoria Rosell, delegada del Gobierno contra la Violencia de Género y jueza de profesión, ha insistido en pedir “un ejercicio de buena interpretación” de la ley y ha mantenido que la ley “no tiene ninguna brecha”. “Si tuviera alguna, soy la primera que lo reconozco y la cambiamos”.
Rosell ha asegurado que la nueva norma requiere de unas semanas de “adaptación” y ha lamentado que se esté viviendo con “cierto alarmismo”.
¿Qué dicen los jueces?
Que están cumpliendo la ley y aplicando el principio constitucional de la retroactividad de la ley más favorable al reo.
El juez Joaquim Bosch, de Jueces y Juezas para la Democracia, explica en declaraciones a El HuffPost que existen dos formas de interpretar la aplicación de la ley y que eso no significa ni que ésta sea “una chapuza”, como critica el PP, ni que los jueces estén aplicándola de forma “machista”, como dice la ministra de Igualdad, Irene Montero.
De hecho, considera que los magistrados “no están haciendo ninguna barbaridad” y “aplican lo que consideran que es la norma más favorable”, como marca la Constitución.
La otra opción sería aplicar la disposición transitoria quinta, que permitiría mantener la condena del agresor intacta, es decir, sin rebajar. Así ha sucedido en algunos casos, como en una resolución dictada en La Rioja.
¿Por qué piden la dimisión de la ministra de Igualdad?
Porque Montero acusó a los jueces de basarse en “estereotipos” y “machismo” para rebajar las penas y les señaló afirmando que estaban incumpliendo la ley.
Palabras que han provocado la reacción de varias asociaciones de jueces y fiscales, que han reclamado la dimisión de la titular de Igualdad.
¿Qué solución hay?
La primera solución pasa por que el Tribunal Supremo, por un lado, y la Fiscalía General del Estado, por otro, fijen un criterio único para aplicar esta ley.
Actualmente existen varios recursos presentados ante el Supremo para que el Alto Tribunal fije su posición.
Algunos juristas creen que el Supremo tendrá difícil apartarse de lo que están haciendo la mayoría de los tribunales y audiencias, es decir, de aplicar automáticamente la rebaja de penas.
Otros, sin embargo, consideran que se puede basar en la jurisprudencia que ya sentó hace años en una circunstancia parecida, en la que instó a mantener las penas intactas.
La Fiscalía, por su parte, ya ha expresado, de boca del fiscal general, que “huirá de automatismos” en la revisión de las condenas y que realizará este trabajo “con una clara vocación de amparo a las víctimas y respeto a los principios constitucionales”.
De mantenerse el criterio de rebaja de penas, la única salida sería reformar la ley para solucionar este resquicio legal y evitar, en el futuro, nuevas rebajas.
Eso sí, quienes ya han sido juzgados seguirían beneficiándose de estas rebajas aunque se reformase la norma y sólo se frenaría para aquellos que sean juzgados conforme a la ley del ‘sólo sí es sí’.